El Tribunal Supremo ha confirmado que los trabajadores que cobran una incapacidad permanente total pueden seguir cobrando al mismo tiempo el subsidio para mayores de 52 años del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
La sentencia del alto tribunal analiza el caso de un hombre al que el SEPE le dio a elegir entre seguir cobrando el subsidio o la prestación por incapacidad al considerar bajo su criterio que ambas prestaciones eran incompatible.
Con esta sentencia el supremo reafirma y deja claro que ambas ayudas son compatibles siempre que se cumplan los requisitos para cada una de ellas. También volvió a confirmar confirmo que las cotizaciones anteriores a la incapacidad permanente si pueden utilizarse para acceder al subsidio.
El SEPE intentó retirar el subsidio a un trabajador
El caso comenzó cuando un hombre de Cáceres, que ya cobraba una pensión de incapacidad permanente total desde 2017, solicitó el subsidio para mayores de 52 años.
En 2019, el INSS confirmó inicialmente que cumplía los requisitos necesarios para acceder a la futura jubilación (carencia genérica) y el SEPE aprobó la ayuda, ya que unos de los requisitos para este subsidio es precisamente tener el mínimo de años cotizados para poder acceder a una pensión de jubilación contributiva.
Sin embargo, años después, la Administración cambió de criterio. El SEPE defendió que las mismas cotizaciones no podían servir para reconocer dos prestaciones diferentes. Por ese motivo, reclamó que el trabajador eligiera entre mantener la incapacidad permanente o seguir cobrando el subsidio.
El afectado presentó una reclamación administrativa, pero fue rechazada por el SEPE y llevó el caso ante la Justicia. Tanto el Juzgado de lo Social como el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura le dieron la razón. Finalmente, el Supremo ha confirmado esas sentencias y ha rechazado el recurso presentado por el SEPE.
Qué dice exactamente la sentencia del Supremo
La Sala de lo Social explica que el subsidio para mayores de 52 años tiene una finalidad distinta a la prestación contributiva por desempleo.
Mientras el paro está vinculado directamente a la pérdida de empleo, el subsidio para mayores de 52 años actúa como una ayuda de protección hasta la jubilación. Por eso, el Supremo considera válido utilizar cotizaciones anteriores a la incapacidad permanente para acceder a este subsidio.
Además, recuerda que esta ayuda incluye cotizaciones para la jubilación mientras se cobra, precisamente para evitar que el trabajador quede desprotegido en la etapa final de su vida laboral.
La sentencia también señala que la compatibilidad entre ambas prestaciones ya aparece recogida en la normativa, siempre que se respeten los límites de rentas exigidos para cobrar el subsidio, es decir, no superar el 75% del SMI en vigor.
Por tanto, no da lugar a la reclamación del SEPE para obligar a elegir entre el subsidio o la prestación por IPT.

