El Gobierno aprobará el martes 29 de marzo en el Consejo de Ministros algunas medidas para frenar el impacto de la crisis generada por la invasión Rusia a Ucrania.
Tal y como ha indicado el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, estas irán destinadas a «proteger el empleo para evitar el despido». Exactamente, el Gobierno aprobará la prohibición a las empresas de hacer despidos objetivos que estén motivados expresamente en los daños causados por la crisis energética, de precios y suministros.
No obstante, las empresas afectadas por la crisis podrán acogerse a los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo.
Evitar los despidos
El objetivo prioritario, como siempre ha señalado la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, es proteger el empleo, además de que este sea de calidad. Por ello, con la última reforma laboral espera que sigan aumentando las contrataciones indefinidas.
Durante la pandemia, el Gobierno también prohibió el despido objetivo. Una medida que tuvo polémica y que incluso ha terminado en los tribunales con sentencias distintas y encontradas al respecto. Parece que los jueces discrepan sobre si estos despidos resultaban improcedentes o nulos.
La principal diferencia entre un despido improcedente o nulo, aparte, es que en el primero la empresa puede decidir si readmitir al trabajador, cosa poco probable. Mientras que en un despido nulo, la empresa está obligada a reincorporar al trabajador y además debe pagar los salarios de tramitación.
Hasta cuando estará prohibido el despido
Salvo sorpresa, esta medida estará vigente hasta el 30 de junio, como ya adelantó la vicepresidente segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.
En el caso de que las empresas atraviesen dificultades para mantener a sus plantillas, estas deberán recurrir a los nuevos ERTE de la reforma laboral.
Exactamente, las empresas deberán activar ERTE sectorial, por las que las empresas tendrán un 40% de exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social.