El consejo de Andrés Millán: En estas situaciones no dimitas, mejor haz esto y vete cobrando indemnización y paro

Cuantas veces te has planteado irte de tu empresa porque ya el ambiente laboral no es lo que era. En muchas ocasiones puede ocurrir que en tu trabajo donde antes había un ambiente casi familiar, de repente tu situación dentro de la empresa comienza a cambiar por decisiones empresariales. Por ejemplo, que ya no cuenten contigo para decisiones, que te sientas apartado, cambios de horarios, que te ubiquen en otra zona de trabajo dentro de la empresa para estar más apartado, sufras acoso laboral, etc.

En estas situaciones y como se suele decir, si no estás a gusto en un trabajo, ¿para qué seguir? Mejor irse y ganar en salud. Seguro que si lo has hablado con algún familiar o algún amigo, te habrá dicho, que solicites la baja voluntaria y te vayas. Al hacerlo habrás caído seguramente en la estrategia de muchos empresarios, el despido silencioso, que básicamente consiste en que en lugar de echarte haga lo que sea para que sea el propio trabajador el que se marche y ahorrarse la indemnización.

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Y precisamente la parte negativa para el trabajador de pedir la baja voluntaria es que no hay derecho a indemnización, pero tampoco derecho a cobrar prestaciones por desempleo (paro). Esto último es un gran inconveniente porque no hay ingresos hasta que se encuentre otro empleo.

Sin embargo, tal y como ha indicado el abogado laboralista Andrés Millán, más conocido en redes como LawTips, existe una salida por la que puedes pedir irte de la empresa y además cobrar indemnización y paro. Es lo que se conoce como el autodespido.

¿Cuándo puede aplicarse el autodespido?

La figura del autodespido está recogida en el artículo 50 del Estatuto de los trabajadores y permite al trabajador solicitar la extinción voluntaria del contrato de trabajo por las siguientes causas:

  1. Por modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo llevadas a cabo sin respetar lo previsto en el artículo 41 y que redunden en menoscabo de la dignidad del trabajador. Por ejemplo, cambios de horario y la distribución del tiempo de trabajo, cambio de funciones.
  2. La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado. El Tribunal Supremo ya ha aclarado cuantos días de retraso son suficientes para poder solicitar el autodespido.
  3. Cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario, salvo los supuestos de fuerza mayor, así como la negativa del mismo a reintegrar al trabajador en sus anteriores condiciones de trabajo en los supuestos previstos en los artículos 40 y 41, cuando una sentencia judicial haya declarado los mismos injustificados.

 

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¿Qué derechos se conservan al autodespedirse?

A diferencia de la dimisión, el autodespido da derecho a cobrar el paro, ya que el SEPE considera que el trabajador se encuentra en una situación legal de desempleo. Además, también tiene derecho a indemnización, algo que no ocurre en una baja voluntaria.

Esta indemnización puede variar:

  • 33 días por año trabajado (con un máximo de 24 mensualidades), o hasta 45 días por año con un tope de 42 mensualidades para contratos previos al 12 de febrero de 2012.
  • En casos específicos, como cambios de jornada o salario, la indemnización será de 20 días por año trabajado, prorrateados por meses, y con un máximo de 9 meses.

Entonces tenemos que te puedes ir de tu empresa ‘voluntariamente’ (en realidad es obligado por los incumplimientos del empresario) y cobrar indemnización y paro. Pero hay un detalle, esto no es presentar una solicitud a tu empresa indicando que por incumplimiento solicito irme de la empresa con derecho a indemnización y paro. No, la letra pequeña de esto es que lo tiene que dictaminar un juez y, por tanto, hay que demandar a la empresa.

Si llevas poco tiempo en la empresa como un año o dos, lo mismo no te compensa tanto ‘jaleo’ pero si eres ya de la vieja guardia y tu jefe quiere librarse de ti y busca precisamente que te vayas sin tener que pagarte, porque seguramente sea un dinero curioso, esta opción si te saldría rentable.

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