sábado 1 febrero 2025
EmpleoJob | Noticias de trabajo, prestaciones y ayudas

Despido nulo para una trabajadora que intentó robar por este error de la empresa al registrar sus pertenencias

El Tribunal Supremo ha declarado nulo el despido de una trabajadora por un registro inadecuado de pertenencias, destacando la importancia de cumplir con el Estatuto de los Trabajadores

En una nota informativa de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, tras analizar un nuevo caso de despido por robo, ha recordado las condiciones en que las empresas pueden registrar las pertenencias de sus empleados.

El caso analizado

El Tribunal Supremo ha examinado en la sentencia 874/2024 de 5 de junio el despido de una trabajadora de supermercado que al finalizar su jornada salió por la puerta de salida del personal y sonó la alarma. Un vigilante de seguridad registró su bolso y encontró cuatro artículos que no había pagado.

La empresa procedió a un despido disciplinario por robo. Aunque la trabajadora intentó llevarse esos artículos sin pagar, el despido fue declarado nulo. De modo que, la empresa deberá readmitirla y pagar los salarios de tramitación.

Condiciones del registro según el Estatuto de los Trabajadores

El fallo de la empresa fue no realizar el registro del bolso conforme a las condiciones establecidas en el artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores, que exige:

  • Idoneidad del registro.
  • Realización dentro del centro de trabajo y en horas de trabajo.
  • Respeto a la dignidad e intimidad del trabajador.
  • Presencia de un representante legal o de otro empleado, siempre que ello fuera posible.

En este caso, el registro no contó con la presencia de un representante legal ni otro empleado, invalidando la prueba y justificando la improcedencia del despido. Sin embargo, en este caso concreto, el despido fue declarado nulo.

Motivos de la nulidad del despido

El despido fue declarado nulo no solo por el fallo en el registro (sería improcedente) sino porque la trabajadora tenía reducción de jornada por cuidado de un hijo menor. Según el artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores, apartado 4 sección b: “será nulo el despido  de los trabajadores que hayan solicitado uno de los permisos a los que se refiere el artículo 37 del ET”. Este artículo incluye el permiso de reducción de jornada para el cuidado de un menor de doce años o una persona con discapacidad que no desempeñe una actividad retribuida.

Casos similares

No es la primera vez que un robo por parte de un empleado de supermercado acaba siendo rechazada por los jueces por un error a la hora de demostrar los hechos por parte de la empresa. Un caso muy sonado es el de una trabajadora que a pesar de robar más de 200.000 euros su despido fue declarado improcedente.

Relacionados
Lo más leído