Se acerca el inicio de la campaña de la Renta de este 2023, en la que los contribuyentes se pondrán al día con Hacienda sobre el ejercicio 2022. La campaña de la Renta dará comienzo el próximo 11 de abril de 2023, aunque solo en la modalidad online, para realizar la declaración por teléfono o de forma presencial, habrá que esperar según las fechas del calendario para este año.
Si eres de los que la va a presentar online, a partir del 11 de abril ya podrás hacerlo, si no tendrás que esperar casi un mes para poder hacerlo por teléfono, cuando se habrá esta modalidad el 5 de mayo. No será hasta el primer día del último mes para presentar la declaración, cuando se pueda hacer de forma presencial. Para todas ellas será necesario disponer del borrador de la declaración.
¿Cuándo se podrá solicitar el borrador de la renta 2023?
Tal y como ha informado la Agencia Tributaria, el próximo 15 de marzo, estará disponible el borrador de la Renta. Este borrador se puede modificar y presentar online, aunque no se podrá hacer hasta que comience la campaña de la renta.
La única pega es que solo se puede obtener online a través de la sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
¿Qué es el borrador de la Renta?
El borrador de Hacienda consiste en una declaración que la propia Administración pone a disposición de los contribuyentes y que incluye sus datos, personales, familiares y económicos de los que tiene constancia.
Hay que recalcar que son datos que la administración maneja sobre los contribuyentes y estos pueden ser incorrectos, por lo que el borrador no es fiable al 100%. El Borrador tiene un carácter meramente informativo, aunque puede presentarse previa confirmación del ciudadano.
De modo que si se presenta sin revisar y este contiene errores, aunque sea de la propia Administración, el ciudadano será sancionado por «intentar» engañar con su declaración de la Renta.
Pero hay que revisarlo, pues puede faltar datos, como por ejemplo las donaciones o los pagos sindicales. O bien puede resultar que las retenciones sobre los rendimientos de trabajo que maneja la Agencia Tributaria no sean correctas. Razón por la que es necesario que la empresa entregue a sus trabajadores el certificado de retenciones. Igualmente, si se han cobrado prestaciones, habrá que pedir también el certificado de IRPF de prestaciones.