La sucesión de empresa es una trasmisión de la titularidad de una empresa, en la que se mantienen la identidad de la organización. Este cambio de titularidad puede deberse por la compra, absorción o fusión de la empresa o por cualquier otra causa, continuando con la actividad económica.
Cuando en la empresa hay un cambio de dueño, los trabajadores se preguntan que pasarán con ellos, si se extingue su contrato de trabajo y si, por tanto, pierden su empleo.
¿Qué pasa con los trabajadores cuando hay una sucesión de la empresa?
El contrato laboral de estos empleados continúan quedando el nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social anterior, incluyendo los compromisos de pensiones, en los términos previstos en su normativa específica, y en general cuantas obligaciones en materia de protección social complementaria hubiera adquirido el cedente.
En otras palabras, el nuevo dueño de la empresa tiene que respetar las condiciones laborales que tienen estos trabajadores. Así de claro lo indica el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores.
Es más, las dos empresas, tanto la entrante como la saliente, deben responder solidariamente durante tres años, de las obligaciones laborales nacidas con anterioridad a la transmisión que no hayan sido satisfechas. Si la cesión fuera declarada delito, responderán también de las obligaciones nacidas con posterioridad a la transmisión sin límite de tiempo.
En lo referente al convenio colectivo, si por ejemplo hubiera una absorción o fusión de empresas, el convenio de los trabajadores se respetará hasta la fecha de expiración del convenio colectivo. Aunque mediante acuerdo de empresa entre el nuevo empresario y los representantes de estos trabajadores, se podría pactar extinguir la aplicación del convenio que venía aplicándose para que estos se rijan por las condiciones del nuevo convenio.
Los trabajadores deben ser informados del cambio de titularidad de la empresa
Los representantes de los trabajadores quienes una vez se produzca el cambio de titularidad seguirán ejerciendo sus funciones en los mismos términos y condiciones deben ser informados de lo siguiente antes de que se produzca este hecho:
- Fecha prevista de la transmisión.
- Motivos de la transmisión.
- Consecuencias jurídicas, económicas y sociales, para los trabajadores, de la transmisión.
- Medidas previstas respecto de los trabajadores.
En el caso de no haber representantes legales, se debe facilitar la información a los trabajadores afectados.
Puede un trabajador afectado solicitar la extinción laboral y cobrar indemnización
Anteriormente, hemos explicado algunas de las causas por las que un trabajador a pesar de solicitar la extinción del contrato laboral (baja voluntaria) tiene derecho a indemnización y paro. Principalmente, es cuando se produce un incumplimiento contractual por parte de la empresa.
El cambio de titularidad no es una causa por la que se pueda solicitar la extinción laboral con el objetivo de poder cobrar una indemnización. Esto no impide que el trabajador, si así lo desea, solicite la baja voluntaria, pero teniendo claro que no tendrá derecho a indemnización ni a prestación por paro.
¿Podría cambiar el nuevo empresario las condiciones laborales?
El Estatuto de los Trabajadores indica que el nuevo empresario debe respetar las condiciones laborales de los trabajadores, aunque sí podría modificar sus condiciones siempre que tenga causa para ello siga el procedimiento establecido en el Estatuto.
De la misma forma, los trabajadores afectados siempre tendrá el derecho a impugnar la medida ante los tribunales para que estos determinen si el cambio por la empresa cumple los requisitos o incluso solicitar que se extinga la relación laboral y cobrar indemnización y tener derecho a cobrar paro.