viernes 31 enero 2025
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Así afecta la baja médica a las vacaciones

Los trabajadores no pierden los días de vacaciones generaods y no disfrutados,

Las vacaciones son un derecho irrenunciable que todo asalariado está obligado a disfrutar, pues tal y como recoge el Estatuto de los Trabajadores, no se pueden canjear por dinero, la empresa no las puede negar y el trabajador está obligado a descansar por ley un mínimo de 30 días naturales al año. Estas se generan por mes trabajado y han de disfrutarse en el mismo año.

Otro dato importante es que el periodo de disfrute se fija por común acuerdo, es decir, lo pactan la empresa y el trabajador, pero es el empleado quien debe solicitarlas a la empresa. De modo que la empresa no puede imponer las fechas de disfrute, aunque sí puede imponer un calendario de vacaciones limitando periodos en los que no se pueden disfrutar porque la carga de trabajo es elevada.

Sin embargo, hay situaciones como la baja médica que puede afectar a las vacaciones, a continuación aclaramos las principales dudas sobre cómo afecta la baja médica a las vacaciones.

Pierdo vacaciones si estoy de baja médica

Estando de baja se generan días de vacaciones del mismo modo que cualquier otro compañero de trabajo que esté trabajando. De modo que si por cada mes se generan 2,5 días de vacaciones y estamos dos meses de baja, se habrán generado 5 días de vacaciones.

Estoy de vacaciones y caigo enfermo

Un trabajador que estando de vacaciones caiga enfermo o bien tenga un accidente no laboral, pasará a estar de baja médica, entonces las vacaciones se suspenden, pero no se pierden. Es decir, las vacaciones quedarían suspendidas hasta que el trabajador reciba el alta, que será cuando el trabajador podrá solicitar los días no disfrutados a la empresa. Se trata de un derecho que recoge, incluso, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Tengo derecho a vacaciones después de una baja médica

Como hemos indicado anteriormente, después de una baja médica, se pueden solicitar las vacaciones, pero, ¿y si la baja hubiera sido prolongada y se ha tenido que estar varios meses apartado del puesto de trabajo?

Tampoco se pierden vacaciones acumuladas y se pueden solicitar tras reincorporarse al trabajo, ya que estas son un derecho irrenunciable. Aunque en el caso de bajas de larga duración, hay que tener en cuenta que no puede haber pasado más de 18 meses desde el año que hubiera correspondido su disfrute, tal y como indica el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores.

En el supuesto de que el periodo de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias distintas al embarazo, el parto o la lactancia natural o con el periodo de suspensión del contrato que recoge el artículo 48 que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

En el caso de la baja laboral por embarazo, parto o lactancia, el plazo de los 18 meses desaparece.

Derecho Laboral: los 5 mitos sobre las vacaciones

Estando de baja médica finaliza mi contrato o me despiden, ¿qué pasa con las vacaciones?

Si estando de baja médica o al volver de ella se acaba el contrato de trabajo o somos despedidos y había vacaciones acumuladas y no disfrutadas, será entonces cuando se recibirá una compensación económica por estos días.

Las vacaciones no disfrutadas deberán indicarse en el finiquito que se entrega al trabajador y la cuantía de la misma que será el equivalente al salario diario del trabajador por los días de vacaciones no disfrutados.  Es importante no confundir finiquito con indemnización, pues son dos conceptos diferentes, pues el finiquito se tiene siempre derecho, ya sea por fin de contrato, despido (incluso disciplinario) y baja voluntaria del trabajador.

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