En España se puede trabajar en dos empresas a la vez, ya sea por cuenta ajena o bien combinar un empleo con un proyecto propio como trabajador autónomo. Una duda frecuente es la posibilidad de trabajar en vacaciones en otra empresa.
Las vacaciones están reguladas en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores y prohíben que el trabajador pueda renunciar a este derecho, pero esto se refiere a la misma empresa. Es decir, un trabajador no puede trabajar durante sus vacaciones en la misma empresa.
Pero si puede trabajar de vacaciones en otra empresa, como hemos dicho, en España existe el pluriempleo y la pluriactividad. Puede parecer de ‘locos’ querer trabajar en tus vacaciones cuando la mayoría lo que queremos es descansar, viajar, etc. Pero en ocasiones muchos aprovechan o cuadran sus vacaciones por ejemplo para trabajos temporales.
¿Puedo trabajar en otro empleo mientras estoy de vacaciones?
Sí, puedes trabajar en otra empresa mientras estás de vacaciones en tu empleo principal, siempre que se cumplan ciertas condiciones:
- No exista competencia desleal con tu empresa principal.
- No incumplas una cláusula de exclusividad o pacto contractual.
- No se vulnere el deber de buena fe contractual.
Es decir, no se trata de una prohibición general, sino de analizar cada caso concreto.
Por ejemplo, podría considerarse incumplimiento si:
- Trabajas para una empresa competidora.
- Tu contrato incluye exclusividad.
- Se demuestra que has actuado contra los intereses de tu empresa.
En estos casos, la empresa podría incluso sancionarte o iniciar un despido disciplinario.
¿Tengo que comunicar a mi empresa que tengo otro trabajo?
Como se suele decir, lo que hagas fuera de tu trabajo es cosa tuya, por lo que no existe obligación general de comunicarlo. Sin embargo, hay matices importantes.
Si tu contrato incluye una cláusula de exclusividad o existe un posible conflicto de intereses, sí es recomendable comunicarlo para evitar problemas.
Por eso, en caso de duda, lo más prudente es revisar el convenio colectivo y consultar con la empresa, especialmente en lo relativo a la competencia desleal.
No es lo mismo, por ejemplo, que trabajes como administrativo en una oficina y durante tus vacaciones decidas trabajar recogiendo uvas, que hacerlo en un puesto similar o en el mismo sector.
Por ejemplo, un vigilante de seguridad que durante sus vacaciones trabaja para otra empresa realizando exactamente las mismas funciones podría generar un conflicto claro, especialmente si se trata de empresas competidoras.
En este segundo caso, la empresa podría considerar que existe competencia desleal o incumplimiento de la buena fe contractual, lo que podría derivar en sanciones o incluso en un despido disciplinario.

