Despiden a una animadora 3D en un ERE tras implantar una IA que permitía crear recursos gráficos en menos tiempo: la Justicia avala el despido

Una empresa de videojuegos despide a 13 trabajadores tras introducir inteligencia artificial y sufrir pérdidas millonarias: la Justicia declara procedente el despido de una diseñadora 3D, pero improcedente el de una guionista.

Una animadora y modeladora 3D que llevaba más de cuatro años trabajando en una empresa de videojuegos perdió su empleo después de que la compañía incorporara herramientas de inteligencia artificial que permitían crear recursos gráficos en menos tiempo. La empresa decidió reducir su equipo artístico y eliminar su puesto de trabajo dentro de un expediente de regulación de empleo (ERE) que afectó a 13 empleados. La trabajadora recibió 5.281,67 euros de indemnización y junto a otra compañera que era guionista acudió a los tribunales para reclamar por su despido.

La decisión se produjo en un momento especialmente complicado para la empresa, que había pasado de ganar 646.297 euros en 2023 a registrar pérdidas de 3.546.027 euros en 2024, mientras su facturación caía de casi ocho millones a 4,59 millones de euros. Los problemas económicos llevaron a la compañía a iniciar negociaciones para reestructurar su actividad y, a finales de octubre de 2024, anunció un ERE que afectaría a 13 de sus 83 trabajadores.

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El expediente se negoció durante noviembre y terminó con un acuerdo el 3 de diciembre de 2024, por el que la empresa se comprometió a pagar, con carácter general, 20 días de salario por año trabajado, abonados íntegramente al finalizar cada contrato. Entre los puestos eliminados estaba el de la animadora, cuya salida se justificó por la nueva organización del departamento artístico tras la implantación de inteligencia artificial.

La empresa incorpora inteligencia artificial, reduce su equipo artístico y despide a la animadora

La trabajadora llevaba en la empresa de videojuegos desde el 27 de octubre de 2020, donde desempeñaba funciones de animadora y modeladora 3D con un salario anual de 23.134,23 euros, incluidas las pagas extraordinarias. Su trabajo formaba parte del proceso de creación de los recursos gráficos que después se utilizaban en los videojuegos, una actividad que comenzó a cambiar cuando la compañía decidió incorporar herramientas de inteligencia artificial.

Durante 2024, la empresa empezó a utilizar esta tecnología para generar imágenes y otros contenidos gráficos, al considerar que permitía mejorar los resultados visuales y reducir considerablemente los tiempos de producción. La creación de cada escena requería menos tiempo, lo que llevó a la compañía a revisar cuántos profesionales necesitaba mantener en el departamento de Arte 3D.

Aunque algunas tareas seguían dependiendo de artistas especializados, como el desarrollo de personajes realistas, los encargos específicos de los clientes o determinados recursos tridimensionales, la empresa decidió concentrar ese trabajo en dos artistas sénior. Uno estaría especializado en modelado, texturizado, animación y creación de personajes, mientras que el otro también debía manejar herramientas de diseño gráfico y edición de vídeo para producir contenidos en dos dimensiones y recursos audiovisuales.

Esta reorganización dejó fuera el puesto de la animadora, que fue incluida en el ERE de 13 trabajadores que la empresa estaba negociando por causas económicas, organizativas y productivas. El expediente terminó con un acuerdo el 3 de diciembre de 2024 para abonar, con carácter general, una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, pagada íntegramente al finalizar el contrato.

El 5 de diciembre, la compañía entregó a la trabajadora la carta de despido, con efectos desde el día 16 de ese mismo mes. En ella explicaba que la utilización de imágenes generadas mediante inteligencia artificial había permitido acelerar la producción y reducir las necesidades de personal del departamento artístico, por lo que su puesto desaparecía de la nueva organización. La animadora recibió 5.281,67 euros de indemnización, conforme a las condiciones acordadas en el ERE.

La trabajadora decidió impugnar el despido junto con otra empleada afectada por el expediente, que desempeñaba funciones de guionista y había reclamado anteriormente el reconocimiento de su categoría profesional y determinadas cantidades salariales. Tras un intento de conciliación celebrado el 27 de enero de 2025 que terminó sin acuerdo, ambas presentaron una demanda el 31 de enero para que los tribunales examinaran sus respectivos despidos.

Un ERE de 13 trabajadores tras perder más de 3,5 millones de euros

La reorganización del departamento artístico se produjo mientras la empresa atravesaba graves problemas económicos, cuando en 2023 había facturado 7.991.168 euros y cerrado el ejercicio con un beneficio de 646.297 euros, pero durante 2024 sus ingresos cayeron hasta los 4.595.942 euros y pasó a registrar pérdidas de 3.546.027 euros. La caída de la actividad también complicó su financiación, hasta el punto de que no consiguió renovar determinadas líneas de crédito y préstamos que necesitaba para continuar funcionando.

Ante esta situación, el 29 de octubre de 2024 comunicó al Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid que se encontraba en situación de insolvencia y había iniciado negociaciones para alcanzar un plan de reestructuración. Al día siguiente informó a los trabajadores de su intención de poner en marcha un expediente de regulación de empleo, para el que la plantilla debía elegir una comisión encargada de negociar las condiciones de las salidas.

El periodo de consultas comenzó el 15 de noviembre, cuando la empresa presentó una propuesta para despedir a 13 de los 83 empleados incluidos en la documentación inicial. Entre las personas afectadas figuraba la animadora 3D, cuyo puesto había dejado de encajar en la nueva organización del departamento artístico tras la implantación de inteligencia artificial.

Durante las cinco reuniones celebradas entre noviembre y diciembre, la empresa y la representación de los trabajadores negociaron las indemnizaciones y las condiciones de pago. La compañía había ofrecido inicialmente 20 días de salario por año trabajado, mientras que los representantes llegaron a plantear una compensación de 33 días. También se estudiaron propuestas que permitían cobrar cantidades superiores en varios plazos, aunque los empleados afectados preferían recibir todo el dinero cuando se produjera el despido.

El acuerdo llegó el 3 de diciembre de 2024, cuando ambas partes aceptaron que la indemnización general fuera de 20 días de salario por año trabajado, abonados íntegramente al finalizar el contrato. El pacto también incluyó mejores condiciones para una trabajadora embarazada, que recibiría 28 días por año trabajado, una compensación adicional relacionada con la lactancia y una prolongación temporal de su seguro médico.

El juzgado declara procedente su despido e improcedente el de su compañera

Ambas trabajadoras habían demandado a la empresa solicitando la nulidad del despido, pero el Tribunal de Instancia de Madrid no valoró que la empresa hubiera vulnerado algún derecho fundamental, descartada la nulidad, resolvió las demandas, pero dio respuestas distintas a las dos trabajadoras.

En el caso de la animadora 3D, desestimó su reclamación y declaró procedente el despido por causas objetivas, por lo que la empresa quedó absuelta de las peticiones formuladas por esta empleada.

Para entender el resultado hay que tener en cuenta que el despido se había producido dentro de un ERE motivado por causas económicas, organizativas y productivas. La empresa había documentado la caída de ingresos, las pérdidas millonarias y los cambios introducidos en sus departamentos, entre ellos la utilización de inteligencia artificial para reducir los tiempos de producción de recursos gráficos.

La Inspección de Trabajo también había examinado el expediente y, en su informe del 2 de febrero de 2025, consideró acreditadas las causas alegadas por la compañía. Además, no encontró indicios de fraude, coacción o abuso de derecho en la tramitación del procedimiento, que había terminado con un acuerdo entre la empresa y la representación de los trabajadores.

La otra demandante obtuvo un resultado diferente y el juzgado declaró improcedente el despido de la guionista y reconoció su derecho a ser readmitida o recibir una indemnización adicional de 3.267,98 euros, una vez descontada la cantidad que ya le había abonado la empresa. La trabajadora recurrió porque quería que su despido fuera declarado nulo, al considerar que podía tratarse de una represalia por la demanda laboral que había presentado anteriormente.

El recurso llegó al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que en su sentencia 864/2026 (STSJ M 12114/2026) y rechazó el recurso de la guionista. Para el tribunal la trabajadora no había dado indicios suficientes como para considerar que su despido hubiera sido una represalia, ni tampoco apreciaron irregularidades en la negociación del ERE.

La animadora 3D, en cambio, no recurrió la sentencia que había declarado procedente su despido, por lo que el tribunal superior no volvió a examinar las razones que llevaron a la empresa a eliminar su puesto de trabajo. Su salida quedó así confirmada por la decisión del juzgado de primera instancia, mientras que el TSJM resolvió únicamente el recurso presentado por la guionista.

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