El Tribunal Supremo ha confirmado lo que ya dijo la Audiencia Nacional sobre el permiso retribuido de cinco días por hospitalización, que este no tiene un límite anual y el trabajador puede solicitarlo cada vez que se produce una nueva situación que de derecho a disfrutarlo. De modo que la empresa no puede rechazarlo por el simple hecho de haberlo utilizado anteriormente.
Así lo confirma el Alto Tribunal en su sentencia 753/2026 (ECLI:ES:TS:2026:3987) aclarando además que el permiso no termina necesariamente cuando el familiar recibe el alta hospitalaria, ya que puede seguir necesitando cuidados en su domicilio.
El Supremo explica por qué los cinco días de permiso no son un máximo anual
El razonamiento del Tribunal Supremo parte del artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores, que reconoce cinco días de permiso retribuido por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de determinados familiares y personas convivientes.

La clave está en que la ley reconoce el permiso cuando se produce alguna de estas situaciones, pero no establece que solo pueda disfrutarse una vez por año natural. Por tanto, los cinco días no funcionan como una bolsa anual que se agota después de la primera solicitud.
De modo que, si un trabajador necesita por ejemplo necesita ausentarse porque su madre ha sido hospitalizada y meses después se produce otro ingreso que da derecho al permiso, podrá volver a solicitarlo y la empresa no puede rechazarlo poniendo como excusa que ya ha disfrutado de ese permiso en el año vigente. Lo mismo sucede cuando se trata de otro familiar incluido entre los beneficiarios que establece la norma.
De esta manera, el Supremo deja claro que los cinco días de permiso se reconocen por cada nueva situación que justifique su disfrute, independientemente de que el trabajador ya haya utilizado este derecho anteriormente durante el mismo año. Para volver a solicitarlo, será necesario que se produzca alguna de las circunstancias previstas en el Estatuto de los Trabajadores y que pueda justificarse ante la empresa.
El permiso tampoco termina automáticamente cuando el familiar sale del hospital
La resolución del Supremo aborda también una situación habitual para muchas familias cuando el familiar hospitalizado recibe el alta hospitalaria, pero todavía necesita reposo. En realidad el Supremo ya había confirmado antes que el permiso no acaba con el alta hospitalaria siempre y cuando por prescripción médica el familiar necesita reposo, tratamiento y ayuda en su domicilio. En estos casos, la empresa no puede dar por terminado automáticamente el permiso únicamente porque haya finalizado el ingreso.
Los magistrados explican que el alta hospitalaria no supone necesariamente el final del permiso retribuido, ya que el hecho de que un paciente pueda abandonar el hospital no significa que se haya recuperado ni que haya dejado de necesitar cuidados. Por este motivo, el Supremo diferencia el alta hospitalaria del alta médica y recuerda que el trabajador puede seguir disfrutando del permiso cuando el familiar tenga prescrito reposo domiciliario tras abandonar el centro sanitario.
El caso que ha llegado al Tribunal Supremo
La sentencia tiene su origen en una demanda colectiva presentada contra varias empresas del grupo RACE, entre ellas RACE Asistencia, Asegurace y Unión de Automóviles Clubs. Las organizaciones sindicales denunciaron dos prácticas empresariales relacionadas con el permiso retribuido por hospitalización de familiares.
Por un lado, las empresas limitaban su disfrute a un máximo de cinco días laborables al año, aunque se produjeran nuevas situaciones que permitieran solicitarlo. Por otro, vinculaban la duración del permiso a los días de ingreso hospitalario, sin reconocer su continuidad cuando el familiar necesitaba cuidados posteriores en casa.
La Audiencia Nacional dio la razón a los trabajadores en su sentencia del 7 de marzo de 2025 y declaró que el permiso podía disfrutarse cada vez que se produjera un nuevo hecho que lo justificara. Las empresas recurrieron ante el Tribunal Supremo, que ha revisado la interpretación del artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores y su relación con la normativa europea sobre conciliación familiar. La resolución confirma el criterio judicial sobre la posibilidad de disfrutar el permiso por cada nueva causa y sobre su continuidad cuando el familiar necesita reposo domiciliario tras la hospitalización.

