La Audiencia Nacional confirma que el permiso de 5 días por hospitalización de familiar se puede pedir más de una vez al año

La Audiencia Nacional confirma que el permiso de 5 días se puede pedir más de una vez al año si está justificado.

La Audiencia Nacional ha emitido una sentencia clave para los derechos laborales en España. En su sentencia del 7 de marzo establece que el permiso retribuido de 5 días por hospitalización de un familiar o conviviente se puede solicitar más de una vez al año.

Este permiso está recogido en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores y son 5 días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario.

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Una de las grandes dudas sobre este permiso es si solo podía solicitarse una vez al año, duda que la Audiencia Nacional ha despejado, pues en su resolución aclara que puede solicitarse tantas veces como sea necesario y esté justificado.

El permiso no se limita a una sola vez al año

Hasta ahora, muchas empresas interpretaban que este permiso sólo podía solicitarse una vez al año, como si fuera un máximo acumulable de cinco días anuales. Sin embargo, la Audiencia Nacional, en su sentencia 1024/2025, ha dejado claro que el Estatuto no impone ninguna limitación anual. El fallo anula así las cláusulas empresariales que restringían que solo se pudiera solicitar una vez al año.

La sentencia respalda la postura de los sindicatos, que siempre defendieron que el permiso debía concederse cada vez que se produjera un nuevo hecho causante. Según el tribunal, si el legislador hubiese querido establecer un límite anual, lo habría especificado expresamente, como ya ocurre en otros permisos recogidos en el Estatuto.

Una cuestión de igualdad y perspectiva de género

La Audiencia también ha tenido en cuenta la perspectiva de género en su resolución. Subraya que este tipo de permisos suele ser solicitado en mayor medida por mujeres, debido a que aún recae sobre ellas la mayor parte de las tareas de cuidados. Por eso, la sentencia también se apoya en el principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres recogido en la Ley Orgánica 3/2007.

¿Qué contempla el permiso de 5 días?

El artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores establece que cualquier persona trabajadora tiene derecho a ausentarse durante cinco días laborables sin pérdida de salario cuando se produzca alguna de las siguientes situaciones:

  • Accidente o enfermedad grave
  • Hospitalización
  • Intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo domiciliario

Estas causas deben afectar al cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, incluyendo también a familiares consanguíneos de la pareja de hecho y a cualquier persona que conviva con el trabajador y requiera su cuidado efectivo.

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