No es nada nuevo que en España despedir a un trabajador sale barato, así lo ha dictaminado la resolución del Comité Europeo de Derechos Sociales. Pero cuando hablamos de indemnizaciones por despidos, hablamos de los que no tienen causa, es decir, los que la empresa echa al trabajador por un «te quiero fuera porque sí».
Actualmente y tras la reforma de 2012 impulsada por el Gobierno de Mariano Rajoy, los despidos improcedentes, los injustificados, pasaron de 45 días por año trabajado hasta 42 mensualidades hasta los 33 días por año trabajado hasta un máximo de 24 mensualidades. Pero no fue lo único que se eliminó y que los sindicatos UGT y CCOO quieren rescatar y que podría ser una vía para encarecer el despido improcedente y servir a su vez como medida disuasoria. Hablamos de los salarios de tramitación.
Recuperar los salarios de tramitación en los despidos improcedentes
Los salarios de tramitación son simplemente los salarios que el trabajador ha dejado de recibir el trabajador desde que fue despedido hasta que se dicte su sentencia y declare el despido improcedente. Actualmente, solo se conceden cuando el despido es declarado nulo, pero antaño, también los cobraban los trabajadores cuyo despido era declarado improcedente.
La situación en aquel entonces era la siguiente, además de pagar la indemnización correspondiente por despido improcedente, había que pagarle al trabajador el salario que hubiera recibido durante esos meses entre su despido y la sentencia.
Visto lo visto, hasta un trabajador con solo un año de antigüedad estaría más protegido que hoy en día. Teniendo en cuenta que en España entre que se despide al trabajador y se celebra el juicio puede pasar un año, no sería lo mismo pagar 33 días de salario que pagar eso y encima todo el tiempo que tarde en celebrarse el juicio. Una empresa se lo pensaría más de dos veces en despedir a un trabajador sin tener razón alguna.
Y ese es el objetivo de los sindicatos UGT y CCOO, hacer menos rentable para las empresas el despido y consideran que la eliminación de estos salarios en estos despidos lo abarató considerablemente, pues solo hay que pagar una indemnización.
Rechazo sindical al argumento de la prestación por desempleo
El Gobierno también defendió en su día que la prestación por desempleo ya cumplía la función de compensar al trabajador despedido. Sin embargo, los sindicatos niegan que esto sea cierto. CCOO señala que esta prestación apenas cubre entre el 70% y el 50% del salario anterior, y está limitada a unos máximos.
UGT añade que en 2012 se recortaron tanto la duración como el importe de la prestación, y que aunque algunos de estos cambios se revirtieron parcialmente en 2019 y 2021 (concretamente que del 70% se redujera al 60% en lugar de pasar al 50%) el nivel de protección sigue siendo insuficiente.
Nuevas propuestas: indemnización mínima y daños adicionales
Además de recuperar los salarios de tramitación, los sindicatos quieren introducir nuevas medidas. Una de ellas es establecer una indemnización mínima para los casos de despido improcedente, que proteja especialmente a trabajadores con poca antigüedad, quienes actualmente reciben una compensación muy baja.
CCOO propone un mínimo de tres meses de salario, mientras que UGT plantea elevar ese umbral hasta seis meses. El argumento es que muchos trabajadores —(especialmente jóvenes, mujeres y temporales) carecen de una protección efectiva ante el despido, debido a su corta permanencia en la empresa.
También proponen que se permita fijar indemnizaciones adicionales por daños, considerando circunstancias personales como la edad, las cargas familiares o tener una hipoteca. Aunque esta medida ha sido apoyada por Yolanda Díaz, dentro de los sindicatos hay cierta reticencia por el temor a que pueda convertirse en un freno a la contratación de perfiles con esas características.

