Cáritas, de ONG solidaria a responsable de acoso: condenada a indemnizar con 76.854 € a un trabajador por acoso laboral

Trabajar para una organización caritativa y social y terminar sufriendo acoso laboral por el que termines estando de baja y obligado a solicitar la extinción del contrato de trabajo. Esta es la situación que vivió un trabajador de Cáritas que llevó a los juzgados tras estar trabajando más de 15 años, aunque los últimos fueron todo un calvario y que han llegado a su fin con el veredicto del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria que, en su sentencia 387/2025 ha confirmado la extinción de su relación laboral y por la que recibirá 76.854 euros de indemnización.

Cambio de funciones, aislamiento y deterioro emocional

Este trabajador llevaba trabajando como educador en Cáritas Diocesana de Santander desde 2009. Durante más de una década, su labor consistió en acompañar a personas sin hogar en un taller ocupacional. Pero en junio de 2022 la dirección de Cáritas decidió reducir a media jornada su actividad en el taller, destinándole la otra media jornada al área de administración en infraestructuras, en la sede central de la entidad. Aparentemente, el cambio respondía a razones organizativas. Pero en septiembre, se cerró definitivamente el taller y se le impuso un nuevo puesto a tiempo completo, esta vez alejado por completo de su rol profesional.

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En lugar de educar, se le ordenó realizar tareas subalternas como mover muebles, desmontar estanterías, cambiar bombillas, reparar pequeños desperfectos… nada relacionado con su trabajo social que venía ejerciendo desde el inicio de la relación laboral. Además, fue reubicado en una biblioteca vacía, sin teléfono, con un ordenador obsoleto, sin contacto con otros compañeros. Sus antiguas funciones desaparecieron y con ella también su dignidad profesional.

La situación le llevó a un estado de ansiedad, insomnio y afectación psicológica grave, confirmado por un informe clínico, que le diagnosticó un trastorno de adaptación vinculado a sus condiciones laborales. Finalmente, acabó de baja médica durante largos periodos, sumando casi dos años sin poder reincorporarse con normalidad.

En paralelo, Cáritas formalizó el cambio definitivo de puesto bajo una nueva categoría, la de técnico auxiliar de gestión, eliminando toda referencia a su labor como educador.

Tal vez con esto, Cáritas buscaba que fuera el propio trabajador el que renunciara a su puesto para así evitar tener que indemnizarlo, una táctica que se conoce como el despido silencioso.

Decidió acudir a los tribunales solicitando la extinción de su contrato laboral

Con este panorama y viendo como le estaba afectando a la salud, el trabajador decidió acudir a los tribunales. Alegó que no se trataba de una simple reorganización, sino de una degradación intencionada de funciones, aislamiento, maltrato psicológico y, en definitiva, acoso laboral. Solicitó la extinción del contrato por incumplimiento grave del empresario (artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores) y una indemnización por daño moral.

El Juzgado de lo Social número 4 de Santander le dio la razón y condenó a Cáritas a pagarle la indemnización por la extinción del contrato laboral que ascendía a 66.854 euros. También una indemnización adicional de 10.000 euros por vulneración de derechos fundamentales debido al acoso laboral

Una decisión que Cáritas recurrió solicitando que se revocara totalmente la sentencia alegando que no existió acoso laboral, sino una reorganización legítima de funciones. En caso de que no se aceptara la revocación total, que se redujera la indemnización por daño moral de 10.000 euros a 7.501 euros.

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria desestimó su recurso en su totalidad, al considerar acreditado el acoso laboral y la relación directa entre este y el cuadro depresivo del trabajador. De modo que Cáritas tendrá que pagarle al trabajador un total de 76.854 euros.

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