El despiste común que puede costarte la suspensión de tu prestación por desempleo

Olvidar renovar tu demanda de empleo puede hacer que el SEPE suspenda tu prestación por desempleo de forma inmediata.

Si estás cobrando prestaciones por desempleo, ya sea a nivel contributivo (paro) o bien un subsidio por desempleo, no debes dejar pasar un trámite obligatorio, ya que de lo contrario el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) puede suspender tu prestación.

Uno de los requisitos para cobrar prestaciones del SEPE es estar inscrito como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo de tu comunidad autónoma, por ejemplo, si eres de Andalucía, tendrás que inscribirte en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE). Tan importante es inscribirse como mantener dicha inscripción, por lo que es importante no olvidarse de renovar la demanda de empleo.

¿Qué ocurre si se olvida renovar la demanda de empleo?

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En este sentido, el SEPE es tajante y aquellos beneficiarios que no renueven la demanda de empleo verán cómo su prestación es suspendida y, por tanto, no recibirán el pago de la prestación o el subsidio por desempleo.

Renovar la demanda de empleo (sellar el paro) es una de las obligaciones que contrae el desempleado a la hora de cobrar prestaciones y su incumplimiento conlleva sanciones  por parte de la Administración. Tal y como indica el SEPE en su web, considera esta infracción como leve y por ello tiene las siguientes sanciones:

  • 1. Infracción. Pérdida de 3 meses de prestaciones.
  • 2. Infracción. Pérdida de 6 meses de prestaciones.
  • 3. Infracción. Extinción de prestaciones.

Sin embargo, es necesario indicar que estas escalas se aplican a partir de la primera infracción y cuando entre una infracción leve y la anterior no haya pasado más de un año.

¿Se puede recuperar la prestación?

Sí, el SEPE permite rectificar el error siempre que no hayan pasado muchos días desde el plazo en el que había que renovar la demanda y reanudará el pago de la prestación (salvo que deba mantenerse la suspensión por otra causa).

Pero hay que tener en cuenta que el periodo durante el cual se haya dejado de estar inscrito, no se recupera. Es decir, ese tiempo se considera consumido a efectos del cálculo total de la duración de la ayuda.

No se suspenderá si se compatibiliza la protección por desempleo

Hay una excepción por la que el SEPE no te suspenderá la prestación si no se renueva la demanda de empleo y es cuando se está compatibilizando el trabajo a jornada completa con un trabajo por cuenta ajena a jornada completa, tal y como indica el SEPE en su web.

Desde la entrada en vigor de la reforma de los subsidios a través del Real Decreto-ley 2/2024 es posible compatibilizar el cobro del paro y el empleo a jornada completa, aunque hay que cumplir unos requisitos específicos como explicamos aquí.

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