viernes 31 enero 2025
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¿La empresa te puede obligar a recuperar horas? Te indicamos cuando sí y cuando no

¿Recuperar horas en el trabajo? Cuando sí puede obligarte la empresa y de no hacerlo descontarte ese tiempo del salario.

Todos los trabajadores tenemos una jornada que tiene un comienzo y un final al día, dicha jornada debe quedar registrada diariamente en el obligado registro de horario. En ocasiones, las empresas llegan incluso a mandar a casa a los trabajadores, antes de finalizar la jornada.

Normalmente, la excusa para hacer esto, es la falta de faena, ahora bien, muchos trabajadores se preguntan ante esta situación si la empresa puede obligarle a recuperar esas horas que no han trabajado. Es importante conocer bien los derechos laborales en estas situaciones porque puede derivar en situaciones de abuso. A continuación te explicamos con ejemplo cuando si y cuando no tendrías que devolver horas a la empresa.

¿Qué pasa si te manan a casa porque no hay trabajo?

Cuando se ordena a un empleado irse a casa antes de que finalice la jornada laboral, porque no hay trabajo, o porque no puede realizar sus funciones, no se le puede exigir recuperar esas horas más adelante. Es decir, si tu empresa te manda a casa porque no hay trabajo, luego no puede obligarte a recuperar esas horas, si lo hace es una práctica ilegal.

Así lo dice el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 30: ‘Si el trabajador no pudiera prestar sus servicios una vez vigente el contrato porque el empresario se retrasara en darle trabajo por impedimentos imputables al mismo y no al trabajador, este conservará el derecho a su salario, sin que pueda hacérsele compensar el que perdió con otro trabajo realizado en otro tiempo‘. Tampoco puede descontarte ese tiempo de tu nómina.

Artículo 30 del Estatuto de los Trabajadores: imposibilidad de la prestación de servicios
Artículo 30 del Estatuto de los Trabajadores imposibilidad de la prestación de servicios | Foto BOE

Lo mismo sucede si durante tu jornada laboral, hay por ejemplo un apagón de luz y no puedes trabajar por ello y estas una hora mirando a la pared. Tampoco te pueden obligar a recuperar esas horas.

En otras palabras, la empresa es la que debe darte trabajo efectivo y si no pudiera, esto no puede repercutir en el trabajador, ya sea obligando a recuperar las horas o bien restarse ese tiempo no trabajado de la nómina.

El trabajador llega tarde o se va antes del trabajo

La cosa cambia cuando el tiempo de trabajo se ve afectado a consecuencia del trabajador, por ejemplo por llegar tarde al trabajo o incluso marcharse antes. Estos si son casos en los que la empresa sí puede obligarte recuperar horas o descontarte ese tiempo no trabajado del salario.

Lógicamente, la empresa tomará esta medida cuando se debe a un hecho puntual, pero si se convierte en una costumbre el llegar tarde, puede terminar en un despido disciplinario, con las consecuencias que tiene este tipo de cese.

Igualmente, aquellos permisos que no son retribuidos, ese tiempo de permiso lo tendrás que recuperar o bien que la empresa te lo descuente de la nómina. Incluso si llegaras tarde por una causa ajena a ti, como que se te estropee el coche, te pille un atasco, el transporte público en el que viajas se avería, etc. También tendrás que recuperar ese tiempo, aunque en estos casos, tu ausencia esté justificada, pues lo único que te evitará será una sanción por parte de la empresa.

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