Un Ā«error tĆ©cnicoĀ» como asĆ se ha excusado el Gobierno ante el fallo en la Ley de Paridad, que entra en vigor el 22 de agosto de 2024 y que cambia los artĆculos 53 y 55 del Estatuto de los Trabajadores, eliminando la protección automĆ”tica contra el despido para aquellos trabajadores que solicitan o estĆ©n disfrutando una adaptación de jornada.
Los artĆculos 53 y 55, que seƱalan los supuestos en los que la decisión de la empresa de poner fin a la relación laboral serĆ” nulo, se ha modificado eliminando de estos la siguiente frase: āo hayan solicitado o estĆ©n disfrutando de las adaptaciones de la jornada previstas en el artĆculo 34.8ā.

El error tambiĆ©n afecta a las vĆctimas de violencia sexual, ya que no se incluyó en la protección a quienes utilizan el nuevo permiso de cinco dĆas para el cuidado de familiares enfermos. Esto deja a miles de trabajadores en una situación de vulnerabilidad.
¿Qué pasarÔ a partir del 22 de agosto?
Pues el principal problema no es ni mĆ”s ni menos que con esta nueva norma, ahora el despido serĆa improcedente, lo que se traduce en otras palabras que el trabajador pierde su empleo. Cosa que con un despido nulo no es asĆ, pues la empresa estĆ” obligada a reincorporar al trabajador, ademĆ”s de abonarle los salarios de tramitación.
Ahora, los trabajadores deberĆ”n demostrar que fueron despedidos como represarĆas por ejercer derechos laborales, pero la adaptación de jornada no se incluye dentro de estos derechos, como si se indicaba antes.
El Ministerio de igualdad se compromete a subsanar el error
El Ministerio de Igualdad, liderado por Ana Redondo, se comprometió a corregir este fallo lo antes posible, aunque aún no hay una fecha concreta para la rectificación. Lo que sà es seguro es que no se corregirÔ hasta el regreso de la actividad parlamentaria, cuando el Congreso retome su actividad y pueda modificarla. Esto se debe a que al tratarse de una modificación de una Ley Organizada es necesario que sea aprobada en las Cortes Generales.

