El Juzgado de lo Social número 1 de Vigo ha dictaminado que la difusión de un rumor sobre la apropiación de dinero no constituye acoso laboral. Así lo ha reflejado en su sentencia del 11 de marzo, tras resolver una demanda de dos directoras de Recursos Humanos que afirmaron sentirse humilladas por los rumores que se vertieron en relación con que se estaban quedando dinero de la empresa.
Esta demanda por acoso comenzó cuando, en 2023, el director general de una fábrica auxiliar del automóvil de propiedad francesa, con plantas en Vigo y Paredes de Courta (Portugal) notó ciertos descuadres en el dinero de caja que se utilizaba para abonar los gastos a los becarios y visitantes de la planta en Vigo.
El dinero no llegaba a los alumnos y se descubrió que se habían falsificado documentación con las firmas de los becarios para quedarse el dinero. El director general de la fábrica en Vigo había expresado sus sospechas en una reunión del comité de dirección, llegando a decir de la ejecutiva: «Hace lo que le sale de las tetas«. Este comentario, junto con los rumores que se extendieron, llevó a la directora y a una compañera a demandar al jefe de planta por acoso laboral, reclamando 35.000 euros cada una.
Desarrollo de la investigación
Ante las sospechas del director general de que las dos trabajadoras del departamento de Recursos Humanos podían ser las culpables de estar apropiándose de ese dinero que faltaba en la caja, se procedió a una investigación interna.
La directora de Recursos Humanos culpó inicialmente a un empleado responsable de los pagos, aunque admitió que le parecía imposible. Sin embargo, los rumores sobre la apropiación indebida de dinero por parte de la ejecutiva se propagaron rápidamente dentro de la planta, llegando a Portugal e incluso a Francia, donde los dueños de la empresa enviaron a dos abogadas a investigar el caso. Finalmente, el empleado admitió que era él quien había falsificado la firma de los becarios y se apropiaba del dinero.
Lógicamente, el trabajador fue despedido, sin embargo, para el director, mantuvo sus sospechas al considerar que el trabajador no había actuado solo y que habría sido ayudado por las directoras de Recursos Humanos, rumor que se difundió a la plantilla de Portugal incluso a los jubilados de la empresa.
La demanda de acoso laboral
La directora de Recursos Humanos, con 26 años de antigüedad, y otra directiva del área, con 25 años en la empresa, demandaron al jefe de planta por acoso laboral. Afirmaron sentirse humilladas por las insinuaciones y el trato recibido, hasta el punto de que la directora de Recursos Humanos salió llorando de una reunión en el despacho del director general.
Decisión del juez
El juez, sin embargo, concluyó que no había suficiente evidencia para considerar que se trataba de acoso laboral. Aunque reconoció que podría haber un caso de difamación o atentado al honor, el magistrado señaló que el jefe de planta no las insultó ni las trato con un trato vejatorio, como tampoco les impidió relacionarse con otros compañeros ni juzgó su desempeño laboral.
Igualmente, la expresión obscena de que hacía lo que le salía de las tetas, tampoco podía considerarse como acoso laboral. El juez también destacó que otros posibles derechos vulnerados no fueron mencionados en la demanda.
Por lo tanto, el juez absolvió al jefe de planta de las acusaciones de acoso laboral, aunque la sentencia aún no es firme y podría ser apelada.

