5 cláusulas laborales que te puede imponer la empresa y que son ilegales

Cuando firmas el contrato laboral, en el se recogen las cláusulas y condiciones de tu puesto de trabajo. Sin embargo, hay empresas que pueden imponer ciertas cláusulas que son totalmente ilegales y aunque las firmes no tendrán validez.

Es tan simple como que los derechos laborales reconocidos en el Estatuto de los Trabajadores y en los convenios colectivos no pueden ser eliminados, modificados o renunciados por acuerdo entre trabajador y empresa si eso implica un perjuicio para el trabajador.

Anuncios

A continuación te indicamos las cláusulas o acuerdos más comunes que son totalmente ilegales

Cobrar por debajo del salario mínimo o del convenio

No importa si has aceptado ese salario o lo has firmado. Si cobras menos del salario mínimo interprofesional (SMI) o del establecido en el convenio colectivo correspondiente, puedes reclamar las diferencias salariales. Es tu derecho y está protegido por ley.

Renunciar a vacaciones

Renunciar a tus vacaciones, incluso a cambio de dinero, no es legal. Las vacaciones son un derecho irrenunciable y obligatorio para proteger la salud del trabajador. La empresa debe garantizar que disfrutes de los 30 días naturales que establece la ley como mínimo, sin ninguna excepción.

Renunciar a descansos durante la jornada

Tampoco puedes renunciar al descanso mínimo diario, como por ejemplo los 15 minutos del llamado “descanso del bocadillo” en jornadas de más de seis horas. Estos tiempos de descanso están protegidos por ley y no pueden ser eliminados ni negociados en contra del trabajador. Toda empresa debe cumplir con los 3 descansos a los que tiene derecho el trabajador, que además del descanso durante la jornada, también se incluye el descanso semanal y el descanso mínimo de 12 horas entre la finalización de una jornada y el comienzo de la siguiente.

Movilidad geográfica sin límites

Una cláusula que te obligue a desplazarte libremente por todo el país sin condiciones es ilegal. Cualquier traslado debe ajustarse a lo establecido en el artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores y estar debidamente justificado. No pueden mover a un trabajador sin límite alguno.

Cláusula de no competencia sin compensación adecuada

Las cláusulas de no competencias postcontractual o como a muchos les gusta llamarlas, las cláusulas del miedo a la fuga del talento deben cumplir unos requisitos legales. Como bien sabes, ningún trabajador está atado a su trabajo y siempre puede renunciar a su puesto en una empresa, por ejemplo, para irse a otra. Sin embargo, puede ser que hayas firmado el acuerdo de no competencia por el cual el trabajador se abstenga durante un tiempo limitado a realizar actividades profesionales que compitan directamente con el anterior empleador o empresa.

Pero para que esta cláusula sea válida debe cumplir unos requisitos mínimos legales, por ejemplo que la duración máxima sea de dos años y además que la compensación económica sea la adecuada. Si no se cumplen ambos, la cláusula es nula. En otras palabras, no puede impedirte que no trabajes en el sector por una cantidad simbólica, tienen que compensarte adecuadamente por ello.

Relacionado
Últimas Noticias