El permiso de paternidad (ahora llamado permiso por nacimiento y cuidado del menor) ya es de 16 semanas en 2021.
Una de las medidas que vienen recogidas en los presupuestos del Estado para este 2021 era igualar el permiso de paternidad con el permiso de maternidad en 16 semanas.
Esta mejora en las condiciones de los padres que tienen un hijo se aprobó en el Real Decreto 6/2019, donde se estableció un calendario para que se fuera incrementando el tiempo de permiso progresivamente año tras año.
Durante 2019 se elevó de 5 a 8 semanas y este año se elevó de 8 a 12 semanas. El permiso de paternidad se implantó en 2007, hasta esa fecha los progenitores solo tenían dos días libres por nacimiento de hijo, luego paso a 2 semanas hasta 2017 cuando se amplió a 4 semanas.
Pasa a denominarse permiso por nacimiento y cuidados del menor (REM).
Además de igualar el tiempo de permiso, ahora el permiso de paternidad y el de maternidad se han unificado para denominarse «permiso por nacimiento y cuidados del menor»
¿Qué es el permiso de por nacimiento y cuidados del menor?
Este permiso se puede solicitar por el nacimiento de un hijo, si el padre o la madre están trabajando. Este permiso retribuido durante el tiempo que no se acude al puesto de trabajo se cobra el 100% de la base reguladora del salario.
No solo se puede solicitar por nacimiento, también cuando hay una adopción o acogimiento.
¿Qué requisitos se deben cumplir?
Para solicitar este permiso se deben cumplir los siguientes requisitos.
- Estar afiliados y en alta o en situación asimilada al alta.
- Tener cubierto un período de cotización de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio del período de suspensión o del permiso o, alternativamente, 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral, con anterioridad a dicha fecha.
Las prestaciones por maternidad y paternidad declaradas exentas de pagar IRPF
¿Durante cuánto tiempo?
Como hemos mencionado anteriormente, tanto el padre como la madre podrán disfrutar de 16 semanas que podrán dividirlas de la siguiente forma:
- 6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto (resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción). La madre biológica puede anticipar este periodo hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto
- Las 10 semanas restantes se disfrutarán en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, dentro de los 12 meses siguientes al parto o bien la resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción.
Además se establecen determinados supuestos de ampliación de este plazo:
- Ampliación en 1 semana para cada progenitor por cada hijo/a, a partir del segundo, en caso de nacimiento, adopción o acogimiento múltiples.
- Ampliación en 1 semana para cada progenitor en caso de discapacidad del hijo/a.
- Ampliación por parto prematuro y hospitalización (por un periodo superior a 7 días) a continuación del parto, hasta un máximo de 13 semanas.
¿Cuánto se cobra?
El trabajador que solicita este permiso cobrará el 100% de la base reguladora de su salario, tomándose como referencia la vigente en el día de comienzo de disfrute del permiso.
¿Cómo se solicita?
Este permiso se solicita en el Instituto Nacional de la Seguridad Social o el Instituto Social de la Marina por las siguientes vías:
De forma online, siendo necesario tener certificado digital, DNi electrónico o cualquier otro método de identificación digital.
Tan solo debemos dirigirnos a la sede de la Seguridad Social.
De forma presencial, se deberá solicitar cita previa en las oficinas del INSS y un empleado público nos realizará todas las gestiones.
Fuente: Seguridad Social
Los autónomos disfrutarán a partir de enero de 16 semanas de prestación por paternidad