sábado 1 febrero 2025
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Una limpiadora es despedida por bajo rendimiento días después de enterrar al bebé que esperaba

La trabajadora de limpieza para una conocida cadena de hoteles de España y fue despedida por bajo rendimiento voluntario.

Una mujer que trabajaba como limpiadora para una cadena de hoteles de España fue despedida por bajo rendimiento voluntario, por lo que la empresa le realizó un despido disciplinario con la consecuencia de no tener derecho a indemnización.

Esta trabajadora tuvo que interrumpir su embarazo de 5 meses por graves problemas en la salud de la niña que esperaba. Días más tardes de enterrar a su bebé, recibió la carta de despido por parte de la cadena hotelera.

Según ha detallado «El Diario«, esta camarera de pisos no daba crédito a lo sucedido, pues llevaba desde principios de año trabajando para la empresa e incluso su superior le comunicó la satisfacción con su trabajo e incluso que le ampliarían las horas de contrato.

No dijo que estaba embaraza por miedo a ser despedida

La trabajadora ha explicado que se había quedado embarazada de manera inesperada poco después de empezar a trabajar. Por miedo a ser despedida no comunicó su estado a la empresa, pues la compañía estaba contenta con su labor e incluso tenía intención de aumentarle las horas.

La oportunidad de aumentar las horas y sobre todo mantener el empleo, hizo que incluso que, tras las primeras pruebas del embarazo y estas reflejaran que algo no iba bien, tampoco lo comunicara. De modo que se hacía sus pruebas aprovechando las dos jornadas de libranzas estipuladas.

Despido trabajadora embarazada
Despido de una trabajadora embarazada | Foto Tirachardz Freepikcom

Su embarazo se complicó

Sin embargo, su embarazo se fue complicando más y finalmente tuvo que contarle a su gobernanta que estaba embarazada. La comunicación la realizó en el mes de mayo, un mes antes de la interrupción del embarazo. Es más, según ha relatado la trabajadora, trabajó el día antes de la operación, para no ausentarse de su puesto.

Tras la operación estuvo de baja un mes y una semana y fue al médico a pedir el alta. La trabajadora se reincorporó a supuestos y, tres meses después, tuvo que vivir uno de los momentos más amargos de su vida: el entierro de la bebé.

A la explicación de por qué el entierro fue varios meses después, la trabajadora lo ha explicado. Al parecer había dos opciones respecto a los restos del feto: una que facilitaba el centro sanitario y que implicaba que su hija estaría en “una fosa común, con más bebés”, y otra a través del Ayuntamiento, que “tardaba algo más, unos meses”, pero en la que había un entierro para ella: “Quería que tuviera un lugar para poder visitarla, para llevar a mi hija algún día y decirle que ahí estaba su hermana”.

¿Despido disciplinario o un caso de discriminación?

El entierro fue el 19 de septiembre y a la semana siguiente, el sábado 30, se encontró con la carta de despido disciplinario acusada por bajo rendimiento voluntario, como recoge el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores, «disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado».

La cadena hotelera se defiende que el despido se produjo por causas que no tienen nada que ver con la situación sufrida por la empleada y que lamentan profundamente. Según indican la trabajadora, no cumplió las instrucciones de la empresa y cometió tres faltas el día después del entierro de la pequeña, al parecer por pasar a limpiar las habitaciones minutos antes de lo apuntado en los registros.

Del mismo modo, su despido se produce por una disminución voluntaria de su rendimiento, pues su superior había analizado su labor e incluso la advirtió sobre su disminución en la cantidad y calidad de trabajo y que la limpiadora le había dicho que tenía otro trabajo por las mañanas y que quizás ese fuese el motivo por le que había bajado su rendimiento.

Impugnación del despido disciplinario falso

La trabajadora ha impugnado el despido para que sea considerado nulo, ya que considera que el motivo del despido ha sido una razón de sexo, que considera que viene motivado por el estado de salud de la trabajadora y de la situación de embarazo de la empleada que, debido a las complicaciones, dio lugar a una interrupción de la gestión y la baja laboral de la empleada.

Así, además de la nulidad, piden una indemnización por daños y perjuicios de 60.000 euros por vulneración de derechos fundamentales.

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