Tras 25 años como camarera de pisos, fue despedida por insultar y amenazar a compañeras: “iros a la mierda”, “guarras”, “me vais a comer esto” y gestos obscenos

No siempre es posible llevarse bien con el resto de compañeros, pero aun así, siempre hay que guardar el respeto, algo que no hizo esta trabajadora que llevaba más de 25 años trabajando para un hotel. ¿Qué pasó? Su relación con otras compañeras no era buena, pero no es excusa para acosarlas con insultos, amenazas, gestos obscenos y acusaciones falsas.

Su comportamiento terminó en un despido disciplinario que ha sido confirmado por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares en su sentencia 224/2025  y que deja a la trabajadora tras más de 25 años de servicio sin trabajo y sin derecho a indemnización.

Varias compañeras la denunciaron internamente y se puso en marcha el protocolo de acoso

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La trabajadora llevaba en la empresa desde 1997 como camarera de pisos con contrato fijo-discontinuo. Su trayectoria profesional dio un giro cuando en septiembre de 2023, varías compañeras denunciaron compartimientos que, según ellas, traspasaban cualquier límite de respeto y convivencia en el trabajo.

Fue entonces cuando la empresa activó el protocolo interno contra el acoso moral, sexual y por razón de sexo. Un equipo mediador y, posteriormente, un servicio de prevención externo recopilaron testimonios y elaboraron informes. En dichos informes se recogieron un patrón de insultos, amenazas, gestos obscenos y acusaciones falsas contra compañeras e incluso superiores, que provocaron ansiedad, estrés e incluso la necesidad de medicación de algunas compañeras.

Con este informe, el 21 de octubre de 2023, la empresa le comunicó su despido disciplinario, alegando incumplimientos muy graves según el Estatuto de los Trabajadores y el Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería. La carta recogía expresiones ofensivas como “hijas de puta”, “iros a la mierda,“guarras”, “me vais a comer esto” o amenazas directas como “haré que os echen”,“os voy a matar”, así como gestos obscenos reiterados. También señalaba que no era la primera sanción por hechos similares, ya confirmados judicialmente.

La justicia confirma su despido

La trabajadora llevó su despido a los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 6 de Palma consideró probado el acoso y declaró procedente el despido. Una decisión que no contentó a la trabajadora que decidió recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares.

Su recurso se basaba en que el procedimiento había sido irregular y que se le había causado indefensión. Alegaba que no se permitió testificar al médico que la había atendido durante el tiempo en que hubo acoso laboral (la jueza de instancia lo rechazó por ser un testigo de referencia y no de hechos directos).

También alegó que el informe del equipo mediador del protocolo de acoso (25 páginas) se le entregó en el mismo acto del juicio y no antes, lo que según ella dificultó su defensa ante la imposibilidad de proponer pruebas de contraste. Es más, sostenía que la magistrada de instancia no había actuado de forma imparcial durante el juicio, aunque no presentó un procedimiento forma de recusación.

El Tribunal rechazó todas sus alegaciones. En cuanto al testigo, al igual que el Juzgado de lo social, subrayó que solo podría contar lo que la trabajadora le contó, pero no lo que realmente sucedió (ya que no estaba presente). Sobre la entrega tardía del informe, señala que en el juicio se procedió suspender la vista para que pudiera analizarlo, algo que se hizo y que tras esa pausa, dijo que había podido examinarlo correctamente y no formuló protesta, por tanto, no se puede alegar indefensión después.

Por último, el TSJ indicó que si la parte creía que la jueza no era imparcial, debía haber iniciado un procedimiento formal de recusación, algo que no hizo.

En definitiva, el tribunal entendió que no se vulneró su derecho de defensa y el juicio se desarrolló con las garantías legales necesarias. Por tanto, confirma su despido disciplinario.

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