Acoso laboral o Mobbing: ¿Qué es? ¿Cómo identificarlo? ¿Qué puedes hacer?

Así puedes detectar si estás sufriendo acoso en tu trabajo y que puedes hacer para ponerle solución

En el trabajo es muy importante el ambiente laboral y aquí entra en juego el acoso laboral, también conocido como mobbing. Es una situación que muchos trabajadores desgraciadamente sufren, pues suele ser una táctica utilizada por la empresa para forzar al trabajador a solicitar la baja voluntaria. Pero el acoso no solo puede venir por parte de la dirección de la empresa, también por parte de compañeros.

¿Qué es el acoso laboral (mobbing)?

Cuando hablamos de acoso laboral o mobbing, nos referimos a la situación que un trabajador sufre de forma repetida y prolongada en el tiempo, como pueden ser conductas hostiles, humillantes o injustas tanto por parte de la empresa o compañeros.

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No se trata de un conflicto puntual o un malentendido ocasional, sino de un maltrato psicológico continuado en el lugar de trabajo.  Para que exista acoso deben darse tres elementos clave:

  • Frecuencia: las conductas se repiten a lo largo del tiempo (por semanas o meses).
  • Intensidad: generan un impacto emocional, psicológico o profesional serio.
  • Intencionalidad: hay una voluntad de dañar, castigar o hacer que el trabajador abandone su puesto.

Este tipo de situaciones no solo vulneran la dignidad del trabajador, sino que pueden constituir una infracción muy grave por parte de la empresa, e incluso un delito penal, según el artículo 173.1 del Código Penal.

¿Tipos de acoso laboral?

El acoso laboral no solo puede darse por insultos o menos precios tanto por parte de la empresa como de compañeros. Existen distintas formas en que puede manifestarse el mobbing, según quién lo ejerce y cómo se produce. La Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de octubre de 2020 diferencia los siguientes términos:

1. Acoso vertical descendente

Es el más común. Se produce cuando un superior jerárquico (jefe, encargado, directivo) hostiga a un trabajador. Puede hacerlo con gritos, humillaciones, sobrecarga de trabajo, cambios de puesto sin justificación, etc.

2. Acoso vertical ascendente

En este caso, son los subordinados quienes acosan a un superior, por ejemplo, negándose a colaborar, aislándolo o desprestigiándolo para desautorizarlo ante la dirección.

3. Acoso horizontal

Se produce entre compañeros del mismo nivel jerárquico. Puede ser en forma de exclusión, burlas, difusión de rumores, boicot a su trabajo, etc.

4. Acoso institucional

La empresa, de forma directa o indirecta, crea las condiciones para que un trabajador se vea obligado a marcharse solicitando la baja voluntaria: le asigna tareas absurdas, le niega herramientas, le reduce el sueldo sin justificación o no responde a sus quejas o directamente y más descarado, no le manda tareas y el trabajador se queda su jornada laboral sin hacer nada.

¿Qué puedes hacer si estás sufriendo acoso laboral?

Si detectas que estás sufriendo acoso laboral, no esperes y cuanto antes empieza a recoger pruebas, como pueden ser correos electrónicos en los que te falten el respeto o si puedes y que puede ser más valioso si el acoso es por insultos es que grabes las conversaciones (es legal grabar una conversación a tu jefe).

Pero sobre todo y muy importante, acude al médico de cabecera o al de la mutua, pues como se suele decir, la salud es lo primero. Además, sus informes también pueden servir como prueba.

¿Cómo poner fin al acoso laboral?

Una vez tengas las pruebas te permitirá iniciar el proceso para poner fin al acoso laboral. Aunque acudas al médico e inicies una baja médica que seguramente mejorará tu salud mental,  cuando te reincorpores la situación no va a cambiar, por eso es importante iniciar el protocolo de acoso de la empresa que por ley deben tenerlo.

Por ello, informa por escrito a Recursos Humanos solicitando que se active el protocolo contra el acoso laboral. La empresa tendrá que iniciar una investigación interna para valorar si realmente hay acoso y lógicamente iniciar el procedimiento para proteger al trabajador frente a ello.

Denunciar ante la Inspección de Trabajo

También puedes presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo, que investigará tu caso y en caso de determinar que existe acosos, sancionaría a la empresa, ya que la empresa está obligada a garantizar la seguridad y salud de los trabajadores (artículo 14 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales).

Demanda judicial

Otra opción es demandar a la empresa por vulneración de derechos fundamentales ante el juzgado de lo social. En este caso, no solo puedes solicitar que se ponga fin al acoso y solicitar daños y perjuicios, también puedes solicitar la extinción del contrato de trabajo con derecho a indemnización equivalente a despido improcedente, como recoge el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores. Es decir, lo que se conoce como autodespido.

Esto último, sería como darle lo que quería la empresa si su objetivo era que te fueras, pero en lugar de solicitar la baja voluntaria sin derecho a indemnización e incluso sin paro, te irás, tanto con derecho a indemnización como a prestación por desempleo.

Algunas sentencias de trabajadores que denunciaron acoso:

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