Antes de solicitar algo a la empresa, es importante saber si hay derecho a ello. Si te preguntas si tienes derecho a días de asuntos propios o cuántos días tienes para disfrutar de este permiso retribuido, no lo busques en el Estatuto de los Trabajadores, pues no aparecerá porque no lo regula. Para saber cuantos días de asuntos propios tienes derecho, vas a atener que consultar cuál es tu convenio colectivo.
Si ya lo has consultado y conoces que tienes derecho a días de asuntos propios, entonces veamos como puedes solicitarlos.
¿Cómo se piden los días de asuntos propios?
Hoy en día y desde que es obligatorio el registro horario en el trabajo, junto con la inclusión del teletrabajo, muchas empresas llevan tanto el control del horario como de las vacaciones y permiso por medio de plataformas. Si es tu caso, solo tendrás que solicitarlas utilizando la herramienta dispuesta por Recursos Humanos.
En caso contrato de que tu empresa no tenga una herramienta para realizar esta gestión, tendrás que solicitarlas por escrito, como toda solicitud que se hace a la empresa. Es importante recalcar que se haga por escrito, para así dejar constancia de que se han solicitado.
A continuación te dejamos un modelo de solicitud de asuntos propios que puedes usar para solicitar a tu empresa:
Recuerda que los días de asuntos propios pueden ser remunerados o no remunerados, esto lo tiene que indicar el convenio colectivo, aunque por lo general suelen serlo. En caso contrario, tienes que tener en cuenta que la empresa podrá descontarte ese día del salario.
¿Cuántos días de asuntos propios puedo pedir seguidos?
Salvo que el convenio colectivo diga lo contrario, no existe ninguna limitación, por lo que si tu convenio recoge que tienes dos días de asuntos propios puedes solicitar su disfrute los dos días seguidos.
¿Puedo solicitar el permiso de asuntos propios por horas?
El permiso lo puedes utilizar o bien para cogerte todo el día o bien por horas, según te convenga. Aunque en realidad dependerá de si es remunerado o no. Por ejemplo, si es remunerado, que más te da no ir todo el día, pero en caso de no ser remunerado, si lo que tienes que hacer es un trámite de una hora o dos, si te conviene solicitarlo por horas para que puedas recuperar ese tiempo y así evitar perder salario.
¿Es necesario justificar los días de asuntos propios?
Este permiso recogido en el convenio es para atender asuntos personales que no pueden atenderse por medio de otros permisos que si recoja el Estatuto de los Trabajadores o bien el propio convenio colectivo.
No es necesario justificar nada, lo puedes utilizar tanto para realizar una gestión que solo puedes hacerla por la mañana como si quieres quedarte en tu casa descansando.
¿Puede la empresa negarme un día de asuntos propios?
La respuesta simple es que sí, al igual que sucede con las vacaciones, la empresa puede mostrar su rechazo. No obstante, a diferencia del trabajador, la empresa está obligada a justificar por qué rechaza la solicitud de asuntos propios. Una de las principales causas puede ser las necesidades del servicio.