miércoles 27 septiembre 2023

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¿Cuántos días de asuntos propios tengo al año?

¿Cuántos días de asuntos propios le pertenece a un trabajador? ¿Quién paga los días de asuntos propios? Son algunas de las preguntas más comunes. En este artículo aclararemos que no todos los trabajadores tienen derecho a estos famosos días.

Los días de asuntos propios permiten al trabajador poder ausentarse de su puesto de trabajo sin tener que dar explicaciones. Es una falta de asistencia justificada.

Aunque existe la creencia que todos los trabajadores tienen derechos a días para asuntos propios, no es así.  El Estatuto de los Trabajadores no contempla dichos días, algo que sí hace en el caso de los empleados públicos.

¿Cómo sé si tengo derecho a días de asuntos propios?

Para saber si tienes derecho a días de asuntos propios y poder ausentarte del trabajo sin tener que justificarlo, debes consultar tu convenio colectivo. Si no sabes qué convenio colectivo se aplica en tu empresa, hay formas para averiguarlo, aparte de preguntar a compañeros o a la propia empresa.

Si tu empresa por el tipo de sector no tiene convenio colectivo, entonces no tienes estos días. No obstante, el Estatuto de los trabajadores si recoge otros permisos, aunque estos debes estar justificados.

Ahora bien, dependiendo de tu convenio colectivo, puede que se te reconozca el derecho a días de asuntos propios. Igualmente, cada convenio los regula de una manera.

Es decir, dependiendo de tu convenio tendrás un número determinado de días propios. Igualmente, el propio convenio de trabajo establecerá si esta ausencia del trabajo justificada será remunerada o no.

Cómo solicitar los días de asuntos propios

Al igual que cuando vas a solicitar las vacaciones lo haces por escrito, los días de asuntos propios deber solicitarlo de igual manera.  Aunque si por alguna razón, ya sea porque necesitas cogerte este día deforma urgente y el único medio que tengas es llamar por teléfono, es recomendable grabar la conversación.

La razón, como siempre, imagina que luego la empresa te dice que no te dio permiso, tienes la grabación que lo corrobora.

¿Qué sucede con los días que no utilizo? ¿Los puedo guardar para el año que viene?

Por norma general, la mayoría de convenios establecen que los días de asuntos propios son anuales, y que si no se utilizan durante el año al que pertenecen se pierden. No obstante, debes consultar tu convenio de trabajo, pues es posible que sea de los pocos que si permiten disfrutarlos en los años siguientes.

¿Puede negarme la empresa los días de asuntos propios?

Pues dependerá de lo que ponga en el Convenio colectivo que establezca el derecho a los días de asuntos propios. Por norma general, aunque no siempre es así, al igual que las vacaciones, es necesario que estos sean aprobados por la empresa y hay límites para poder pedirlos.

Al igual que pasa con las vacaciones, puede existir un «calendario», más bien una limitación del número de trabajadores que se pueden coger estos días de ausencia del trabajo el mismo día. Imagina que el mismo día todos tus compañeros se cogen su día de asuntos propios, no habría nadie para trabajar.

Si la empresa te rechaza el día y decides ausentarte de tu trabajo, debes saber que es una falta injustificada y puede suponer sanción por parte de la empresa o motivo de despido disciplinario, como establece el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores.

Hablando de despidos, ¿Los días de asuntos propios entran en el finiquito?

Es posible que como las vacaciones no disfrutadas debes abonarse en el finiquito, pienses que lo mismo sucederá con los días de asuntos propios. Todo lo contrario, si no se han utilizado, la empresa no tendrá que incluirlos en el finiquito y pagarlos.