Sin papeles, trabajando en negro y tras caer de una escalera, un albañil logra que la justicia le conceda 54.100 € por explotación laboral

Un ciudadano colombiano de más de 50 años llegó a España con la esperanza de construir un futuro mejor. Sin papeles ni permiso de residencia o trabajo, comenzó a ganarse la vida como muchos en su situación, aceptando ‘trabajos en negro’. Desde noviembre de 2021, trabajaba como albañil oficial de 1ª en jornadas de 40 horas semanales para una empresa del sector de la construcción en Lugo, cobrando 50 euros diarios.

Ni tenía contrato, ni estaba dado de alta en la Seguridad Social, lo que viene siendo que a ojos del sistema no existía como trabajador, con las consecuencias que eso tiene para sus derechos laborales.

Se lesionó la rodilla tras caerse de la escalera

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Pese a no tener contrato legal, realizaba trabajos cualificados en obras, era recogido en vehículos de empresa y compartía tareas con otros operarios. Sin embargo, el 28 de noviembre de 2022, sufrió una caída mientras colocaba un riel desde una escalera en una obra. La caída le provocó una lesión en su rodilla izquierda grave, tuvo una rotura de menisco, daño en el cartílago y fibrosis.

Tras el accidente, recibió atención médica en el Hospital, cuyos gastos iniciales cubrió el empleador. Sin embargo, pronto surgieron los problemas.

El trabajador no siguió correctamente el tratamiento rehabilitador, con ausencias no justificadas a sus sesiones de fisioterapia. Aun así, los informes médicos indicaron la necesidad de cirugía, y se consideró que el trabajador estaba en situación de incapacidad temporal.

Denuncia ante la Guardia Civil

En enero de 2023, presentó una denuncia ante la Guardia Civil, informando que llevaba más de un año trabajando en negro para la empresa sin contrato ni permisos y que había sufrido un accidente laboral.

Como resultado, se inició una investigación que concluyó con diligencias penales contra el empleador por contratación ilegal. Informes posteriores del Instituto Galego de Seguridade e Saúde Laboral (ISSGA) y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) confirmaron la ausencia de contrato laboral, falta de formación en prevención de riesgos, y carencia de equipos de protección individual (EPI). Además, se abrió un expediente sancionador contra la empresa.

Llevó su caso a juicio para que se le reconociera a relación laboral

El trabajador demandó a la empresa, solicitando que se reconociera su relación laboral desde el inicio. Además, solicitaba una indemnización de 60.000 euros por daños y perjuicios derivados de la explotación y discriminación sufrida.

En el juicio, la empresa alegó que creía que el trabajador estaba tramitando sus papeles y que no había problema en contratar a extranjeros. Incluso dijo que el trabajador había empezado a trabajar tras el accidente, no antes, en un intento de quitarse la culpabilidad de su accidente y también el tiempo de la relación laboral.

Sin embargo, el trabajador llevó testigos (compañeros de trabajo, familiares y allegados) confirmaron que era recogido por vehículos de la empresa y que realizaba tareas propias de un oficial de 1ª.

El Juzgado de lo Social número 2 de Lugo en su sentencia 202/2024 concluyó que sí, que fue discriminado por su situación migratoria, privado de derechos básicos como la seguridad social, la asistencia sanitaria, la formación en riesgos laborales y un salario digno, todo mientras su empleador se beneficiaba de su trabajo. Esta conducta, además de ser sancionable según la Ley de Extranjería y la LISOS (Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social), constituía una vulneración de los artículos 14 (igualdad), 15 (integridad física y moral) y 18 (derecho al honor e intimidad) de la Constitución Española.

De modo que fijó una indemnización de 54.100 euros (tras descontar pagos previos de la empresa) por daños morales y perjuicios derivados de su contratación ilegal.

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