Los beneficiarios del Ingreso mínimo Vital reciben una cuantía en función de como esté formada su unidad familiar. Esta misma cuantía puede verse reducida en el caso de recibir otros ingresos como una nómina por un trabajo o que se esté cobrando otras ayudas como las rentas mínimas de inserción que ofrecen las comunidades autónomas o incluso con un subsidio por desempleo del SEPE.
Pero que pasa si siendo beneficiario del IMV se recibe una herencia, ¿cómo afectaría a la prestación de la Seguridad Social?
La Seguridad Social es clara y advierte que se puede peder el Ingreso Mínimo Vital si se recibe una herencia, aunque para ello se deben superar los límites patrimoniales que hay establecidos y que varían en función de la unidad de convivencia.
Límites patrimoniales que establece la Seguridad Social para cobrar el Ingreso Mínimo Vital
La Seguridad Social advierte en su web que cuando se trate de unidades de convivencia, no se considera en situación de vulnerabilidad económica cuando sean titulares de un patrimonio, sin incluir la vivienda habitual, valorado en un importe igual o superior al que se indica en la siguiente tabla:
UNIDAD DE CONVIVENCIA | LÍMITE PATRIMONIAL |
1 adulto | 20.353,62 € |
1 adulto y 1 menor | 28.495,07 € |
1 adulto y 2 menores | 36.636,52 € |
1 adulto y 3 menos | 44.777,96 € |
1 adulto y más de 3 menores | 52.919,41 € |
2 adultos | 28.495,07 € |
2 adultos y 1 menor | 36.636,52 € |
2 adultos y 2 menores | 44.777,96 € |
2 adultos y más de 2 menores | 52.919,41 € |
3 adultos | 36.636,52 € |
3 adultos y 1 menor | 44.777,96 € |
3 adultos y más de 2 menores | 52.919,41 € |
4 adultos | 44.77,96 € |
4 adultos y 1 menor | 52.919,41 € |
Otros casos | 52.919,41 € |
¿Cómo afecta recibir una herencia cobrando el IMV?
En este sentido, es diferente a como por ejemplo el SEPE tiene en cuenta una herencia al cobrar el subsidio por desempleo. En el caso del IMV se toma como aumento del patrimonio y es este límite el que se tiene en cuenta y, por tanto, habría que estar atento si junto con el patrimonio actual y lo recibido en la herencia no se supera dicho límite patrimonial.
Por ejemplo, supongamos un beneficiario cuya unidad está formada por 2 adultos y un menor, el límite patrimonial es de 36.636,52 € y ya cuentan con un patrimonio de 10.000 euros.
- Caso A: Reciben una herencia de 20.000 euros, por lo que su patrimonio pasa a ser de 30.000 euros. En este caso, estarían por debajo del límite y mantendría su prestación.
- Caso B: reciben una herencia de 35.000 euros, en este caso, el patrimonio pasa a ser de 45.000 euros, lo que superaria el límite para su unidad de convivencia, por lo que perderían el IMV. ¿Sería de inmediato? A finales de año es cuando la Seguridad Social cruzan datos con Hacienda, por este motivo es obligatorio que los beneficiarios presenten la declaración de la Renta y será cuando la Seguridad Social detecte que se ha superado los limite y procederá a suspender la prestación e incluso a solicitar la devolución de los importes cobrados de forma indebida.
Si estás cobrando el Ingreso Mínimo Vital y recibes una herencia, lo mejor será que preguntes directamente a la Seguridad Social, pues esto es solo un ejemplo sencillo y cada caso es diferente.