Recibir el ingreso de la nómina es un derecho de todo trabajador, el pago debe ser puntual dentro del plazo habitual o acordado con la empresa. Si la empresa no lo hace, está cometiendo un incumplimiento grave.
Sobre este tema trata la conversación compartida por Jesús Soriano, más conocido en las redes sociales como Soy Camarero, en la que un trabajador le reclama el retraso de la nómina a su jefe y recibe como respuesta que lo va a seguir allá donde trabaje para hablar con sus jefes. Vamos, que le está diciendo que hablará mal de el para que no pueda encontrar trabajo.
Lo que hay que aguantar por cobrar lo trabajado. pic.twitter.com/MKkwWghIfJ
— Soy Camarero (@soycamarero) July 3, 2025
Sanciones a las que se puede enfrentar este empresario
Por retraso en el pago en la nómina
El pago del salario fuera del plazo habitual o acordado constituye un incumplimiento grave por parte del empleador. En la conversación, el trabajador indica que a fecha 8 de abril aún no ha recibido la nómina correspondiente (presumiblemente a marzo). Entendemos que lo suele hacer los primeros días del mes, de ahí a que el trabajador lo reclame.
Tal y como le ha indicado el trabajador lo ha denunciado ante la Inspección de Trabajo, que podría sancionarlo según la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) las multas pueden ir desde los 751 € a 7.500 €.
Amenaza del empleador
El mensaje sobre que irá donde trabaje y hablará con sus jefes, con el objetivo de que sea despedido o bien no sea contratado, es una expresión que podría considerar como una conducta intimidatoria o amenazante que atenta contra la dignidad del trabajador, lo cual tiene varias posibles implicaciones.
Vulneración del derecho al honor y a la dignidad. Este tipo de amenazas pueden constituir una intromisión ilegítima en el honor del trabajador conforme al artículo 18 de la Constitución Española.

