Las nóminas de los trabajadores suele realizarse por norma general mediante domiciliación bancaria, aunque aún hay empresas, sobre todo empresas pequeñas, que pagan a sus trabajadores con dinero en efectivo, es decir, reciben su nómina en mano.
El pago del salario en efectivo siempre se relaciona con el pago en “B” al igual que el pago del salario con Bizum y por consiguiente siempre se considera que es ilegal, pero ¿es en realidad esta práctica ilegal? ¿Qué dice la legislación laboral en este sentido?
Consultando el Estatuto de los Trabajadores, concretamente en su artículo 29 en el punto tres, encontramos lo siguiente: “El salario, así como el pago delegado de las prestaciones de la Seguridad Social, podrá efectuarlo el empresario en moneda de curso legal o mediante cheque u otra modalidad de pago similar a través de entidades de crédito, previo informe al comité de empresa o delegados de personal”.
Por tanto, podemos resumir que si es legal que la empresa te pague el salario en efectivo, pero hay que tener en cuenta ciertas limitaciones y otras obligaciones por parte del empresario si decide realizar el pago en efectivo.
Límites en el pago en efectivo
Ya tenemos claro que el Estatuto de los Trabajadores permite el pago en efectivo del salario del trabajador, pero no es la única norma que hay que tener en cuenta, también hay que consultar que dice Hacienda sobre los pagos en efectivos.
En julio de 2021 se modificó la llamada Ley antifraude que puedes consultar en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que limita el pago con dinero en efectivo a 1.000 euros. Anteriormente, este límite se situaba en 2.500 euros.
Teniendo en cuenta este límite y el actual salario mínimo interprofesional, que se sitúa en 1.134 euros al mes en 14 pagas o 1.323 € con las dos pagas extras prorrateadas, sería ilegal que un trabajador a jornada completa cobrara su salario íntegro en efectivo, ya que superaria el límite que establece Hacienda.
Multas por no cumplir con el límite de pagos en efectivo
En el caso de superar el límite de 1.000 euros, como sería en el caso anterior, un trabajador que trabaja a jornada completa y cobra el salario mínimo, se puede recibir una multa económica equivalente al 25% de la cantidad total de la transacción, como indica la Ley antifraude.
Además, cabe señalar que cuando se produce una transacción irregular, son culpables ambas partes, por lo que cuando se produzca una transacción irregular, una de las partes puede denunciar a través de la Agencia Tributaria, quedan exenta de la sanción. Igualmente, también puede denunciar una tercera persona, en caso de ser conocedora o testigo de la misma.
¿Se puede pagar la mitad de la nómina en efectivo y la otra mitad domiciliada?
Si el límite se establece en 1.000 euros en efectivo, ¿podría pagarse la nómina mitad y mitad? Es decir, pagar una parte en efectivo y otra por transferencia. En realidad es que sí, pero todo salario que se pague al trabajador debe estar reflejado en la nómina.
De modo que si la empresa te paga una parte del salario en efectivo y la otra por transferencia, la cantidad total recibida del trabajador debe quedar reflejada en la nómina. Si no es así, la empresa se puede enfrentar a multas de hasta 7.500 euros por no reflejar en la nómina el salario real.
Por tanto, mientras en la nómina aparezca la cantidad real que se ha recibido por parte del trabajador, no habrá problemas.
Por último, si eres empresario y pagas a tus trabajadores con dinero en efectivo, debes entregarles una hoja salarial para confirmar que han recibido ese dinero, ya que una Sentencia del Tribunal Supremo establece que es la empresa quien tiene la responsabilidad de demostrar el abono de la nómina.

