viernes 31 enero 2025
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Principales motivos por los que la Seguridad Social rechaza el paro a los autónomos

De las 15.776 solicitudes de prestaciones por cese de actividad, la Seguridad Social ha rechazado más de 5.000. Estos son los principales motivos.

Los trabajadores autónomos cotizan por un régimen especial, el cual cotiza para una prestación por desempleo, que nada tiene que ver con el paro que cobran los trabajadores por cuenta ajena. Pues el simple hecho de cerrar el negocio no da el derecho a cobrar prestación, es necesario acreditar la causa del cese, que puede ser por causas económicas, fuerza mayor u otros motivos como la perdida de licencia para desarrollar su actividad o incluso el divorcio o por violencia de género.

La Seguridad Social ha publicado este lunes 30 de octubre los datos actualizados sobre el número de autónomos que han optado a la prestación por cese de actividad a lo largo de 2023. Así, a lo largo de lo que llevamos de año, un total de 15.776 trabajadores por cuenta propia que han cerrado su negocio han solicitado el «paro».

Del total de solicitantes, la Tesorería General de la Seguridad Social resolvió favorablemente 10.723, rechazado el resto unos 5.053. Esto se traduce en que solo el 68% de trabajadores autónomos que se han visto obligados a cerrar sus negocios y que han solicitado la prestación han conseguido cobrarla.

Si bien es cierto que el porcentaje de beneficiarios ha mejorado con respecto al año 2013, cuando se puso en marcha esta prestación y en la que 6.989 autónomos la solicitaron, pero solo fue aprobada por 1.574. Una de las principales causas ha sido sin lugar a dudas las nuevas medidas para autónomos de 2023, entre las que se encuentra para facilitar el acceso al cese de actividad.

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Motivos por los que la Seguridad Social deniega la prestación por cese de actividad de los autónomos

Un autónomo paga una cuota mensual a la Seguridad Social, desde 2023, esta cuota va en función de sus ingresos reales. Por esta cuota, se cotiza para tener acceso a una protección por desempleo, la conocida como prestación por cese de actividad. Esta prestación viene regulada en la Ley General de la Seguridad Social en los artículos 327 a 344.

Entre los requisitos para acceder al cese de actividad estar el haber cotizado al menos 12 meses comprendidos en los 24 meses inmediatamente anteriores a la situación legal de cese de actividad.

No haber cotizado lo mínimo para generar derecho a paro

No haber cotizado lo mínimo (12 meses) sigue siendo uno de los principales motivos por los que se rechaza la prestación por desempleo a los trabajadores autónomos. Al igual que sucede con el paro, dependiendo del número de cotización, así durará su prestación, como se muestra en la siguiente tabla:

MESES COTIZADOS MESES DERECHO A PRESTACIÓN
12 A 17 4
18 A 23 6
24 A 29 8
30 A 35 10
36 A 42 12
43 A 47 16
DE 48 EN ADELANTE 24

 

No estar al corriente de pago con la Seguridad Social

Otro de los motivos por los que se rechaza el paro de los autónomos es que estos tengan deudas con la Seguridad Social. Según las cifras publicadas por la TGSS, 144 solicitudes fueron rechazadas por tener deudas con la administración.

No aportar correctamente la documentación

Uno de los principales problemas que tienen los autónomos a la hora de solicitar el cese de actividad es que deben justificar el motivo de su cese y para ello deben aportar la consiguiente documentación.

La falta de esta documentación acreditativa, así como otras documentaciones mínimas o bien no haber completado determinados campos básicos, son otros de los motivos por los que la Seguridad Social ha rechazado más de 4.000 solicitudes

 

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