Un obrero de 58 años es despedido tras caerle una viga encima: le indemnizan con 25.000 € por discriminación, pero el despido no se declara nulo

Se habla mucho sobre el sector de la construcción, la falta de profesionales, el relevo generacional y, cómo no, los salarios. En esta ocasión hablamos del despido de un trabajador de 58 años, contratado como peón especialista con un salario mensual de 1.704,07 euros. ¿Por qué lo despidieron? Pues por estar de baja… y no una baja cualquiera, era de larga duración tras un grave accidente laboral (se le cayó una viga encima).

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha reconocido que hubo discriminación por razón de enfermedad (derivada del accidente laboral). Seguramente pienses: “Entonces, el despido fue nulo”. Pues no, y la razón puede sorprenderte.

Se le cayó una viga encima e iba a estar de baja durante una larga temporada

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Todo ocurrió el 9 de noviembre de 2022, mientras participaba en tareas de demolición en Tarragona. El trabajador sufrió un grave accidente al caerle una viga encima, lo que le provocó fracturas en la columna vertebral y otras lesiones importantes.

Como consecuencia, fue dado de baja médica con un pronóstico de larga duración. Sin embargo, el 25 de enero de 2023, en plena situación de incapacidad temporal, la empresa le entregó una carta de despido, alegando “desavenencias” y “discrepancias de criterio” en la ejecución de su trabajo.

Pese a esas acusaciones, la empresa en la propia carta de despido reconocía la improcedencia del mismo y le ofreció una indemnización mínima de 1.320 euros. Teniendo en cuenta su salario y que no llevaba ni un año en la empresa, queda claro que esta no estaba dispuesta a mantener a un trabajador de baja durante tanto tiempo.

Lógicamente, el trabajador decidió demandar a la empresa, presentando primero la papeleta de conciliación el 15 de febrero de 2023. Tras celebrarse el acto de conciliación sin acuerdo el 15 de marzo, presentó la demanda judicial el 20 de marzo.

Importante: Las fechas de presentación van a jugar un papel importante.

Investigaciones y pruebas clave

Un informe emitido por la Inspección de Trabajo el 13 de marzo de 2023 concluyó que el accidente fue provocado por incumplimientos en las medidas de seguridad y salud laboral por parte de la empresa. Además, los Mossos d’Esquadra también iniciaron una investigación.

Posteriormente, se reconoció que tanto la baja médica iniciada tras el accidente como una recaída posterior estaban directamente relacionadas con ese mismo accidente laboral.

La justicia ve discriminación, pero no puede declarar el despido nulo

El caso llegó inicialmente al Juzgado de lo Social número 1 de Reus, que desestimó íntegramente la demanda del trabajador y absolvió a la empresa. El juez argumentó que el despido fue aceptado por el trabajador y que no se acreditaron daños o perjuicios derivados del mismo.

El trabajador, no conforme, presentó un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCAT).

En su sentencia 4692/2025, el TSJ reconoce que hubo vulneración del derecho fundamental a no ser discriminado por razón de enfermedad, y condena a la empresa a pagarle al trabajador una indemnización de 25.000 euros por daños morales.

Pero atención, a pesar de ser un despido discriminatorio y por tanto nulo, el trabajador no será reincorporado ni tendrá derecho a los salarios de tramitación.

¿Por qué? Porque, revisando las fechas, comprobamos que el trabajador presentó la papeleta de conciliación fuera del plazo legal de 20 días hábiles tras el despido. Por tanto, la acción de despido estaba caducada. Solo se pudo examinar la demanda por vulneración de derechos fundamentales, no impugnar la validez del despido en sí.

Una sentencia que deja varias lecciones

Esta sentencia es un claro ejemplo de varias cosas. La primera, que un despido estando de baja puede ser nulo si existe discriminación por razón de enfermedad. La segunda, que los trabajadores tienen plazos estrictos para impugnar su despido, y no cumplirlos puede suponer (como en este caso) perder no solo el trabajo, sino también indemnizaciones mucho mayores.

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