jueves 28 marzo 2024

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¿Me puede sancionar la empresa si no contesto al móvil durante mis vacaciones?

¿Tengo que constar a las llamadas, correos, WhatsApp estando de vacaciones? ¿Qué pasa si no contesto?

Todo trabajador tiene derecho como mínimo a 30 días de vacaciones, tal y como está recogido en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores.  Estos días son retribuidos y no pueden ser sustituidos por compensación económica.

Las vacaciones no solo deben consistir en no ir a trabajar, sino en desconectar completamente del trabajo. El trabajador puede utilizar estas vacaciones para lo que quiera, viajar, descansar e incluso trabajar en otro trabajo. Es más, tiene todo el derecho a no tener contacto alguno con su empresa.

Uno de los principales problemas que tienen los trabajadores es la imposibilidad de desconectar de su trabajo. Una situación que se ha agravado con la implantación del teletrabajo. Muchas personas en esta situación se preguntan si la empresa puede sancionarlos por no contestar

¿Qué hacer si la empresa me llama durante mis vacaciones?

La respuesta es simple, no contestar. Es más, la empresa no tiene que molestarte durante tus vacaciones, ya que esto es motivo de sanción que puede llegar hasta los 6.000 euros. Ni llamadas, ni enviar correos, ni WhatsApp, al menos con la intención de que se conteste de forma inmediata estando de vacaciones.

Durante las vacaciones el trabajador no tiene la obligación de prestar servicios a la empresa. De modo que no tiene que recibir órdenes, llamadas, correos, mensajes por parte del empresario o algún representante de la empresa. No obstante, el trabajador puede contestar, pero no está obligado a ello.

Sin embargo, si hay casos excepcionales por los que esta falta de obligación podría verse mitigada por algunos casos de fuerza mayor o excepcionalmente graves. Por ejemplo, que el trabajador sea el único que tenga acceso a cierta información necesaria para el funcionamiento de la empresa, llaves de acceso o incluso problemas informáticos graves. En estos casos, la empresa podría contactar con el trabajador.

Plus de disponibilidad

Muchos trabajadores cobran un plus de disponibilidad para estar disponibles fuera de su horario laboral. Estos pluses dependen de los convenios colectivos, que establecen esa disponibilidad para momentos concretos, incluso días festivos o en vacaciones. Todo será consultar el convenio colectivo de la empresa.

¿Puede pedirme la empresa que vuelva antes de vacaciones?

Una vez comienzan las vacaciones del trabajador, este deberá disfrutarlas sin interrupciones y la empresa no debería llamarle para pedirle que interrumpa sus vacaciones para volver a su puesto de trabajo.

Pero, como hemos mencionado antes, existes situaciones muy excepcionales en las que de forma excepcional y por no haber otra solución se le podría solicitar al trabajador que interrumpa sus vacaciones. En estos casos las vacaciones deberán de ser repuestas.

Me pueden sancionar si no contesto

Esta es la pregunta del millón, porque muchos se preguntarán vale, no contesto, pero y si la empresa me sanciona por ello.

No, siempre que no haya obligación de contestar las llamadas de la empresa ni de leer corres electrónicos, el trabajador no puede ser sancionado. Si cobramos el plus de disponibilidad y esta recoge que durante las vacaciones tenemos que estar disponible (hay que consultar el convenio) si no contestamos, la empresa si podría sancionar. Pero por norma general, salvo los casos excepcionales, la empresa no puede sancionarte por no contestar al teléfono durante tus vacaciones.

 

 

 

 

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