La legislación establece una serie de ayudas para las personas que tienen hijos, entre ellas el permiso de maternidad y paternidad de 16 semanas de duración.
Este permiso de maternidad y paternidad, está pensado para los trabajadores y durante su baja laboral, cobran una prestación. Aunque aquellas personas desempleadas y que cobren el paro o el subsidio, puede cobrarlo también.
Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura abre la puerta para que una madre soltera que forma una unidad monoparental pueda disfrutar de 26 semanas de permiso en lugar de 16.
26 semanas de permiso por nacimiento y cuidad del menor
La Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha reconocido el derecho de una madre soltera que forma una unidad monoparental a disfrutar de 26 semanas de permiso, en lugar de las 16 que se le había concedido, por el nacimiento de su hijo, para que así este menor tenga el mismo derecho que otro nacido en una familia biparental.
La sentencia que puedes leer aquí, recoge la petición de una progenitora par disfrutar de 32 semanas de permiso 16 de la madre y otras 16 del padre.
En dicha sentencia se recoge que es posible reconocer lo solicitado en su integridad, pues ha de tenerse en cuenta que la madre ha disfrutado ya de seis semanas ininterrumpidas seguidas al parto, permiso que igualmente corresponde al otro progenitor después del parto.
Así, el TSJEx, entiende que estas 6 semanas de permiso han de excluirse porque de este modo la familia monoparental disfrutaría de 32 semanas, frente a las 26 que disfrutaría la bi parental en caso de alternancia entre los progenitores en lugar del disfrute conjunto.
La sentencia basa su fundamentación, entre otros, en la sentencia del TSJ de Galicia de 15 de noviembre de 2022, el artículo 49 del Estatuto Básico del Empleado Público y la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño de 20 de noviembre de 1989.
En este sentido, se entiende que la menor nacido en familia monoparental tiene un trato desigual al nacido en familia biparental, ya que si el niño cuenta con dos progenitores trabajadores, estos podría dedicarse a su cuidado amparado en el permiso correspondiente varias semanas más que las que le correspondería si se trata de una familia monoparental.
Requisitos para solicitar la prestación por nacimiento y cuidado del menor
Para poder solicitar esta prestación de la Seguridad Social es necesario cumplir los siguientes requisitos:
- Estar afiliado y en alta o en situación asimilada al alta en la Seguridad Social. Recuerda que cuando se cobra el paro se está en situación asimilada.
- También es necesario tener cubierto un periodo mínimo de cotización que varía en función de la edad, tal y como puedes consultar en la web de la Seguridad Social.
En cuanto a la cuantía de la prestación, esta será el equivalente al 100% de una base reguladora, que es equivalente a la de incapacidad temporal, derivada de contingencias comunes.
El permiso puede dividirse de la siguiente forma:
- 6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto (resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción). La madre biológica puede anticipar este periodo hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto
- Las 10 semanas restantes se disfrutarán en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, dentro de los 12 meses siguientes al parto o bien la resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción.