Solicitar una excedencia voluntaria puede parecer sencillo, pero existen aspectos clave que muchos desconocen y que pueden tener consecuencias importantes. Así lo ha detallado el abogado laboralista Juanma Lorente en su nuevo vídeo que explica todos los que necesitas saber antes de dar el paso y pedir una excedencia voluntaria en tu trabajo.
Duración mínima y máxima
En términos generales, salvo que tu convenio colectivo indique algo diferente, puedes solicitar una excedencia voluntaria con una duración de entre cuatro meses y cinco años. Este margen de tiempo es bastante amplio, pero la elección del periodo no debe tomarse a la ligera.
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¿Se puede prorrogar?
Imagina que pides una excedencia por un año y, al acercarse la fecha de finalización, decides alargarla unos meses más. En este caso, tal y como indica Lorente, la empresa debe estar de acuerdo con la prórroga. Es decir, la prórroga no es un derecho automático del trabajador. Si la empresa no acepta la extensión, la excedencia finaliza en la fecha prevista y deberás reincorporarte a tu puesto.
Por eso es recomendable calcular bien cuánto tiempo vas a necesitar. De lo contrario, podrías encontrarte en la situación de tener que volver a tu puesto antes de lo que esperabas o incluso renunciar definitivamente si no puedes o no quieres regresar (recuerda que eso es una baja voluntaria y, por tanto, no tienes derecho ni a indemnización y tampoco a paro).
¿Qué pasa al terminar la excedencia?
Aquí viene uno de los puntos más delicados, según Juanma Lorente, y es que al terminar la excedencia, muchas personas creen que tienen derecho a recuperar exactamente el mismo puesto de trabajo. Sin embargo, esto solo es así si está recogido de forma expresa en el convenio colectivo.
En la mayoría de los casos, lo que realmente tienes es un derecho preferente a ocupar una vacante en tu puesto o en uno similar. Esto significa que si hay una vacante disponible, la empresa debe darte prioridad. Pero si en ese momento no hay ninguna vacante, la empresa puede decirte que no te reincorpores aún.
Riesgos de quedar en el limbo laboral
Si al solicitar la reincorporación no hay una vacante, te quedarás en una especie de “limbo laboral”:, ya no estás en excedencia, pero tampoco puedes volver a trabajar. Debes esperar a que se produzca una vacante adecuada, sin garantías de que eso ocurra en un plazo concreto. Eso sí, el Tribunal Supremo ya ha establecido que los trabajadores tienen prioridad de reincorporación frente a la conversión de trabajadores temporales en indefinido, por lo que deberás estar atento si la empresa transforma contratos temporales de tu categoría profesional en indefinido.
Por eso, muchos comparan la excedencia voluntaria con una “baja voluntaria de marca blanca”, ya que te alejas de tu empleo sin la certeza de poder volver cuando quieras. Es más, incluso en caso de que cierre la empresa, no solo perderás la posibilidad de recuperar tu puesto, también te quedarás fuera de cobrar indemnización, como explicamos en este artículo.

