El BOE publica la ley que obliga a los asesores fiscales a denunciar a sus clientes que quieran sacar dinero fuera de España
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la Ley 10/2020 sobre el intercambio automático y obligatorio de información en el ámbito de la fiscalidad en relación con el mecanismo transfronterizos sujetos a comunicación de información.
Por lo tanto, los asesores fiscales estarán obligados a denunciar ante la Agencia Tributaria a sus clientes que quieran sacar dinero de España.
Lucha contra la evasión fiscal.
Con esta ley el Gobierno pretende así cortar de una vez la fuga de dinero en España, algo que afecta a las arcas públicas. Esta lucha contra el fraude a hacienda es una de las promesas del Gobierno de coalición entre PSOE y Unidas Podemos.
La norma tumba el silencio administrativo, por lo que la declaración de información y la falta de reacción de la Administración tributario no implican la aceptación de la legalidad de los mecanismos transfronterizos declarados.
Multas para los que no denuncien.
Además la norma establece una serie de multas para los asesores fiscales que no notifiquen estos movimientos transfronterizos, que pueden llegar hasta el importe máximo de los honorarios de los especialistas.
La no notificación de estos movimientos de sus clientes, será considerada una infracción grave y la sanción consistirá en una multa pecuniaria fijada en 2.000 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a un mismo mecanismos que hubieran debido incluirse en la declaración del movimiento.
Del mismo modo, si se notifica, pero esta es de forma incompleta o con documentos falseados también acarreará una multa que será de 4.000 euros el importe mínimo y un máximo equivalente al importe de los honorarios percibidos o que fuera a percibir por cada mecanismo.
Una ley contraria al secreto profesional
Tras conocerse la publicación de esta nueva ley, muchos asesores han alzado la voz en contra de ella, ya que limita el secreto profesional argumentado un uso injustificado, de tal modo que a partir de ahora los asesores no estarán amparados por el secreto profesional, así como cualquier intermediario que asesoren para procurar o facilitar la aplicación de estos mecanismos de planificación fiscal.
Fuente: BOE