El Gobierno aprueba un nuevo paro extraordinario para autónomos afectados por los incendios: no se exigirá cotización mínima ni acreditar fuerza mayor

El Gobierno aprueba un nuevo paro extraordinario para autónomos afectados por los incendios. No será necesario acreditar cotización mínima ni fuerza mayor y las empresas con ERTE podrán solicitar exenciones en las cotizaciones.

Los autónomos que hayan tenido que cerrar su negocio por los incendios forestales contarán con una nueva protección económica. Tal y como reclamaban desde UPTA, el Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto-ley que crea un cese extraordinario de actividad para los trabajadores por cuenta propia afectados, que podrán acceder  a esta prestación sin acreditar un periodo mínimo de cotización ni demostrar la existencia de fuerza mayor.

La medida forma parte del paquete de ayudas impulsado por el Gobierno para responder a los daños provocados por los incendios y pretende que los afectados puedan mantener unos ingresos mientras recuperan su actividad. El nuevo cese podrá solicitarse tanto si el negocio ha tenido que cerrar completamente como si solo ha visto reducida su actividad debido a las consecuencias del fuego.

Un acceso más sencillo a la prestación

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Al igual que sucede con la nueva prestación para los trabajadores por cuenta ajena, los autónomos no tendrán que acreditar un periodo mínimo de cotización (12 meses), pero tampoco tendrán que justificar la existencia de fuerza mayor,  lo que facilitará el acceso a la ayuda a quienes han visto interrumpida su actividad por los incendios.

La prestación podrá solicitarse cuando el cese de actividad sea total o parcial, temporal o definitivo, siempre que esté relacionado con los daños ocasionados por los incendios en los municipios afectados. El objetivo es que ningún trabajador por cuenta propia quede sin protección por las dificultades para demostrar el alcance de los perjuicios sufridos. Pero no será la única ayuda que puedan solicitar los trabajadores por cuenta propia.

Exenciones en las cotizaciones para las empresas

El decreto también incorpora medidas dirigidas a las empresas que hayan visto limitada o paralizada su actividad. Aquellas que obtengan la autorización de un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) podrán solicitar exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social de los trabajadores cuya jornada haya sido suspendida o reducida como consecuencia de los incendios.

Con esta medida se pretende aliviar la carga económica de los negocios mientras recuperan la normalidad y favorecer el mantenimiento del empleo en las zonas afectadas.

Más plazo para empresas en dificultades y protección jurídica

El real decreto-ley también introduce medidas para evitar que las consecuencias de los incendios tengan un impacto añadido en el ámbito judicial. Entre ellas, amplía el plazo para solicitar la declaración de concurso cuando una persona o una empresa se encuentre en situación de insolvencia como consecuencia de esta emergencia.

Además, se suspenden temporalmente determinados plazos para reclamar derechos o iniciar actuaciones legales. Según explica el Gobierno, el objetivo es garantizar que las personas afectadas no pierdan derechos por no poder atender estos procedimientos mientras hacen frente a las consecuencias del incendio. Estas medidas se han adoptado en coordinación con los operadores jurídicos y atendiendo a las peticiones trasladadas por el Consejo General de la Abogacía Española.

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