jueves 28 marzo 2024

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La Seguridad Social explica cómo solicitar la prestación por nacimiento

Así puedes solicitar la prestación por maternidad y paternidad en 2022

La prestación por nacimiento y cuidado del menor se puso en marcha en 2019. Realmente, desde ese año sus sustituyó y unificó en una sola modalidad las prestaciones de maternidad y paternidad.

Esta prestación tiene como objetivo proteger los periodos de descansos y permisos derivados del nacimiento de un hijo/a o la adopción o guarda con fines de adopción y el acogimiento familiar.

La pueden solicitar tanto el padre como la madre, pero para ello deben cumplir una serie de requisitos que te detallamos a continuación.

Antes que nada hay que recalcar que esta prestación está destinada a los trabajadores, de modo que los desempleados no pueden solicitarla. Salvo que estén cobrando el paro, en ese caso, pueden solicitar la suspensión del paro para cobrar la prestación por maternidad y paternidad. Una vez esta ha finalizado se puede volver a reactivar el paro para seguir cobrándolo.

Requisitos para solicitar la prestación por nacimiento y cuidado de menor

Como hemos mencionado anteriormente, esta prestación está destinada principalmente a los trabajadores, que deben cumplir una serie de requisitos para poder solicitar esta ayuda de la Seguridad Social.  En este sentido, los trabajadores que quieran solicitar esta prestación deben tener unos mínimos de cotización para cada caso, tal y como se explica a continuación.

  • Para menores de 21 años, no se exige período mínimo de cotización.
  • Para una edad   entre 21 y 26 años, se debe acreditar al menos 90 días de cotización dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso o, alternativamente, 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral con anterioridad a dicha fecha.
  • Por último, para trabajadores de más de 26 años, se debe acreditar 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso o, alternativamente, 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral con anterioridad a dicha fecha.
Bebé dormido
Madre junto a su hijo

¿Durante cuánto tiempo se cobra esta prestación?

Desde el año 2021 el permiso tiene la misma duración para ambos progenitores, de modo que ambos pueden disfrutar de 16 semanas de prestación.

Este periodo se puede dividir de la siguiente manera:

  • 6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto (resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción). La madre biológica puede anticipar este periodo hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto
  • Las 10 semanas restantes se disfrutarán en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, dentro de los 12 meses siguientes al parto o bien la resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción.

Además, se establecen determinados supuestos de ampliación de este plazo:

  • 1 semana para cada progenitor por cada hijo/a, a partir del segundo, en caso de nacimiento, adopción o acogimiento múltiples.
  • 1 semana para cada progenitor en caso de discapacidad del hijo/a.
  • Ampliación por parto prematuro y hospitalización (por un periodo superior a 7 días) a continuación del parto, hasta un máximo de 13 semanas.

Cómo se solicita la prestación por nacimiento

Se puede solicitar tanto de manera presencial, online e incluso por correo ordinario.

Si no te entiendes con los trámites telemáticos y prefieres acudir a una oficina a solicitarlo de manera presencial, deberás coger cita previa en el INSS.

Por el contrario, prefieres incluso presentar tu solicitud por correo ordinario, debes descargar y cumplimentar el formulario de solicitud y enviarlo a la Dirección Provincial del INSS o del ISM que te corresponda. Puedes saber la dirección exacta en el listado que la Seguridad Social dispone en su web.

En cambio, si quieres dejar este trámite hecho en apenas unos minutos, puedes optar por hacerlo online. Incluso si no dispones de certificado digital, ya que la Seguridad Social con motivo de la pandemia habilito nuevos métodos para poder identificarte sin la necesidad de utilizar medios digitales, tan solo tendrás que hacerte un selfi con tu DNI para demostrar tu identidad. Para ello debes dirigirte a la plataforma para trámites sin certificado digital del INSS al que puedes acceder desde este enlace.  Si tienes certificado digital, Cl@ve, DNI electrónico podrás hacerlo a través de la Sede Electrónica

 

 

 

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