La Seguridad Social anuncia las nuevas reglas de jubilación que entran en vigor a partir de abril de 2025

Desde abril de 2025 entran en vigor cambios clave en la jubilación parcial, activa y demorada. Te contamos qué cambia y a quién beneficia.

Desde el 1 de abril de 2025, la Seguridad Social ha implementado importantes cambios en el sistema de jubilación en España. Estas reformas, recogidas en el Real Decreto-ley 11/2024, buscan adaptar el sistema a las nuevas realidades laborales y fomentar la compatibilidad entre pensión y empleo. Las principales novedades afectan a tres modalidades de jubilación: parcial, activa y demorada.

El Gobierno de España, presidido por Pedro Sánchez, ha subrayado que estas medidas tienen como finalidad mejorar la compatibilidad entre el empleo y la pensión. Por su parte, la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha destacado que la reforma “rompe la barrera entre ser trabajador o pensionista” y promueve transiciones “más flexibles y personalizadas”.

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Además, la propia ministra ha publicado en sus redes sociales un resumen de las mejoras en dichas modalidades.

Cambios en la jubilación parcial con contrato de relevo

Esta modalidad, que permite reducir la jornada laboral para comenzar a cobrar parte de la pensión, es una de las más beneficiadas por la reforma. A partir de ahora:

  • Se amplía de dos a tres años la posibilidad de adelantar la jubilación parcial.
  • Los trabajadores podrán acceder desde los 62 años, siempre que cumplan los requisitos y exista un contrato de relevo.
  • Durante el primer año, la jornada se podrá reducir entre un 20% y un 33%.
  • A partir del segundo año, la reducción podrá estar entre un 25% y un 75%.
  • Se permite acumular la jornada, trabajando más al principio y menos después, o viceversa, según acuerdo con la empresa.
  • El contrato del trabajador relevista debe ser indefinido y a tiempo completo.
  • Esta relación laboral debe mantenerse al menos durante dos años después de la jubilación parcial.

Estas modificaciones buscan facilitar la transición progresiva a la jubilación y fomentar la contratación indefinida de nuevos trabajadores.

Novedades en la jubilación activa

La reforma elimina el requisito de contar con una carrera laboral completa para acceder a la jubilación activa. Hasta ahora, era necesario haber cotizado un mínimo de 36 años y 6 meses. Con el nuevo modelo, más personas podrán compatibilizar pensión y trabajo, lo que beneficiará especialmente a las mujeres, que suelen tener trayectorias laborales con más interrupciones.

Además, se introduce un sistema de incentivos progresivos que aumenta el porcentaje de pensión a percibir mientras se sigue trabajando:

  • 45% el primer año
  • 55% el segundo
  • 65% el tercero
  • 80% el cuarto
  • 100% a partir del quinto año

A esto se suma un incremento adicional del 5% por cada año extra trabajado, hasta un máximo del 100%. Por primera vez, estos incentivos son compatibles con la jubilación activa, lo que abre nuevas posibilidades para quienes deseen continuar trabajando sin renunciar a una parte relevante de su pensión.

Mejores condiciones para la jubilación demorada

En la modalidad de jubilación demorada, también se introducen mejoras. A partir del segundo año, los incentivos económicos se calcularán cada seis meses en lugar de anualmente, lo que permitirá añadir un 2% extra de pensión por cada semestre trabajado.

  • El trabajador podrá elegir cómo recibir este complemento:
  • Como una mejora mensual en la pensión
  • A través de un pago único (entre 5.000 y 12.000 euros, según lo cotizado)
  • Mediante una combinación de ambas opciones

Este nuevo enfoque ofrece mayor flexibilidad para quienes decidan retrasar su jubilación más allá de la edad ordinaria, incentivando así una prolongación voluntaria de la vida laboral.

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