viernes 31 enero 2025
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La Seguridad Social advierte de la multa a los pensionistas por no cumplir con estas obligaciones

Estas son las multas y sancionesque impone la Seguridad Social a los pensionistas que no comuniquen estos cambios a la Administración

Quienes cobran una pensión de la Seguridad Social, sobre todo los pensionistas, pueden pensar que ya solo toca esperar cada final de mes para recibir el dinero, pero hay que estar atento a las advertencias de la administración.

La Seguridad Social, como el resto de administraciones, es muy clara a la hora de sancionar y multar por incumplimientos en las obligaciones de los beneficiarios de prestaciones, ya sean contributivas o no contributivas. Es más, se puede llegar incluso a perder la pensión.

La administración establece que ante cualquier cambio en las circunstancias que llevaron al cobro de una prestación, el pensionista tiene la responsabilidad de comunicarlo en un plazo no mayor a 30 días desde que ocurra dicho cambio. Esta responsabilidad se extiende incluso en el caso de fallecimiento del pensionista, donde son los familiares quienes deben informar a la Seguridad Social dentro del mismo período.

¿Si cobro una herencia me quitan la pensión no contributiva?

Cambios que deben comunicar los pensionistas a la Seguridad Social

  • Situación familiar: cambios en el estado civil, nacimientos o defunciones.
  • Domicilio: cambios en la residencia habitual o fiscal del pensionista.
  • Situación económica: modificaciones en los ingresos, ya sean provenientes de rentas de trabajo, reconocimiento de otras prestaciones o pensiones, tanto nacionales como extranjeras, y cualquier otra fuente de ingresos relevante.  Este cambio afecta sobre todo al complemento a mínimo de las pensiones.
  • Actividad laboral: Inicio de alguna actividad laboral.
  • Cambio de banco: Aquí tendrás dos problemas, si no comunicas el nuevo número de tu cuenta bancaria para el ingreso de la pensión, no vas a recibirla, pero además también llevará una sanción por parte de la Administración.  Aunque hay bancos que realizan esta comunicación en favor del solicitante, lo mejor es preguntar.

Todos los cambios se pueden notificar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, o bien de manera presencial en los Centros de Atención e Información (CAISS) mediante cita previa. También es posible llamar al número que ofrece la Seguridad Social, el 901 502 050 y solicitar un formulario para cambio de domicilio.

Además, aquellos pensionistas que viven en el extranjero, están obligados cada año a presentar la Fe de vida para acreditar que siguen vivos.

Multas de la Seguridad Social por no comunicar cambios

La Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social relacionadas con las prestaciones de la Seguridad Social y cuestiones laborales que recoge el Real Decreto Legislativo 5/200 establece estas sanciones, dependiendo de su gravedad.

Infracciones leves

Dentro de estas, se incluyen situaciones como no comparecer ante la entidad gestora de las prestaciones sin causa justificada.

  • Primer grado: Multas de 60 a 125 euros.
  • Segundo grado: Multas de 126 a 310 euros.
  • Tercer grado: Multas de 311 a 625 euros.

Infracciones graves

Incluyen, por ejemplo, no comunicar la baja en las prestaciones dentro del plazo establecido.

  • Primer grado: Multas de 626 a 1250 euros.
  • Segundo grado: Multas de 1251 a 3.125 euros.
  • Tercer grado: Multas de 3.126 a 6.250 euros.

Infracciones muy graves

Situaciones como fraudes para obtener prestaciones indebidas o superiores a las correspondientes entran en esta categoría.

  • Primer grado: Multas de 6.251 a 25.000 euros.
  • Segundo grado: Multas de 25.001 a 100.005 euros.
  • Tercer grado: Multas de 100.006 a 187.515 euros.
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