martes 19 marzo 2024

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He solicitado el paro y he encontrado trabajo ¿Qué pasa con la prestación?

Así queda tu prestación por desempleo tras solicitarla y encontrar trabajo antes de recibir el primer pago.

No hay nada mejor que encontrar trabajo tras perder el empleo, pero si has solicitado el paro y todavía no lo has cobrado, seguro que te preguntarás ¿qué pasa con mi prestación? Y si el SEPE te va a pagar el paro. En este artículo te resolveremos esta duda.

Si tu caso es este y tras solicitar el paro conseguiste un nuevo empleo, recibirás el primer pago de tu prestación. Eso sí, cobrarás los días por los que has estado en situación legal de desempleo. Es decir, desde el día que causantes baja en la anterior empresa y el día anterior al alta nueva en la Seguridad Social con la nueva compañía.

No obstante, dependiendo de la jornada de trabajo podrás elegir entre suspender la prestación o bien seguir cobrándola. Esto lo explicaremos al final del artículo.

¿Tengo que comunicar al SEPE que he en contrato trabajo si cobro prestación?

Tal y como indica el SEPE en su web, como persona beneficiaria de una prestación por desempleo, hay obligación de comunicar su colocación al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Podrás pensar que una vez la empresa envíe la copia del contrato al SEPE, la administración quedará informada. Igualmente, el Servicio Público de Empleo tiene conexión con la base de datos de la Seguridad Social.

Si quedará informada, pero debes comunicar tu nueva situación.  La  principal razón es que puede ser que el SEPE tarde en tramitar tu baja como beneficiario de la prestación por desempleo y seguirás cobrando el paro, por lo que esto podría acarrearte problemas.

¿Qué pasa si no comunico mi colocación estando cobrando una prestación?

Lo primero es que seguirás cobrando tu prestación por desempleo, pero esto será declarado con el SEPE como cobro indebido. Por tanto, deberás devolver todo lo que has cobrado de más desde que empezaste a trabajar.

Pero no solo eso, además el SEPE podría sancionarte con la pérdida de la prestación una vez vuelvas a estar desempleado.

Así puedes comprobar en que estado se encuentra tu prestación del SEPE

Cómo comunicar mi colocación al SEPE

Tanto si no has cobrado aún el paro como si ya has cobrado la prestación y empiezas a trabajar, es obligatorio informar al SEPE.

Puedes hacerlo por las siguientes vías:

  • Por teléfono llamando al número de atención a la ciudadanía de tu provincia. Puedes consultar el número en el listado en la web del SEPE.
  • De forma presencial acudiendo a tu oficina de empleo, aunque primero debes solicitar cita previa en el SEPE.
  • También puedes hacerlo en cualquier momento por internet desde la Sede Electrónica del SEPE. Para ello debes dirigirte dentro a Baja de la prestación. Puedes acceder al formulario desde este enlace directo.

Voy a trabajar con un contrato a jornada completa

Con un contrato a jornada completa, el paro quedará suspendido, pudiéndolo reanudar en el caso de que la duración de esta nueva relación sea inferior a 12 meses.

Si la duración es inferior a 12 meses, no se han cotizado nuevamente 360 días, que es lo mínimo que hay que cotizar para cobrar el paro. Por lo que se reanudará la prestación que se suspendió antes de este último contrato de trabajo, cobrando lo que quedará por cobrar.

En el caso de que la duración sea superior a los 12 meses, habrás cotizado por 360 días, lo que genera una nueva prestación por desempleo. Podrías pensar que se sume a la anterior y cobrar durante más tiempo, pero no, una vez solicitado el paro, esos días de cotización ya han sido utilizados.

Voy a trabajar con un contrato a jornada parcial

Si el contrato es a jornada parcial, hay otra posibilidad que se suma a la suspensión de la prestación por desempleo para reanudarla más adelante.

La posibilidad de cobrar la prestación mientras se trabaja, eso sí, cobrarás la parte proporcional de las horas que te faltan para ser jornada completa. En este artículo explicamos  más a fondo como se compatibiliza el paro y el trabajo.

¿Y si decido hacerme autónomo cobrando la prestación?

También cabe la posibilidad que quieras emprender y darte de alta como autónomo. En este caso hay dos opciones:

  • La primera es pedir que suspendan el pago de la prestación por desempleo para poder recuperarla más adelante si te das de baja en autónomos. Eso sí, la normativa solo permite guardar la prestación si tu aventura empresarial dura menos de 24 meses o 60 en el caso de que estés inscrito en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
  • La segunda opción es solicitar que te sigan pagando la prestación mientras estás dado de alta como trabajador por cuenta propia. Esta opción solo está disponible con la prestación contributiva si es un subsidio lo que cobras no. La duración máxima de cobro será de 9 meses o lo que te queden por cobrar de paro.

 

 

 

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