Las prestaciones por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) sufrirán grandes cambios, concretamente las ayudas, asistencias, es decir, los subsidios por desempleo.
Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 7/2023 el 1 de junio de 2024, muchos de los actuales subsidios por desempleo desaparecerán. En realidad, más que desaparecer, los subsidios se «fusionan» en uno solo, pues la cobertura que ofrecen no se perderá, es más, se amplía el colectivo que podrá ser beneficiario de este nuevo subsidio del SEPE.
Los requisitos para acceder también se verán afectados, aunque como podrás ver a continuación, muchos se mantienen e incluso se «rebajan» para ciertos colectivos.
Nuevos requisitos para pedir el subsidio por desempleo en 2024
A partir del 1 de junio de 2024, fecha en la que ya estará en vigor la modificación del subsidio por desempleo, los desempleados deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Lógicamente, el requisito principal es estar desempleado y estar inscrito como demandante empleo.
- Agotar una prestación contributiva por desempleo, es decir, el paro. Aunque también se puede acceder sin cumplir este requisito como explicaremos más adelante.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- Carecer de rentas de cualquier naturaleza que superen el 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias, actualmente este límite es de 810 euros mensuales. Las rentas se computarán por su rendimiento íntegro o bruto. El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, se computará por la diferencia entre los ingresos y gastos necesarios para su obtención. Las ganancias patrimoniales se computarán por la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.
Dentro de los requisitos hay que diferenciar además como se accede al subsidio, pues se puede acceder tras agotar el paro o bien como ayuda económica tras quedarse en paro y no reunir los requisitos de cotización para cubrir el paro.
Si se accede directamente tras perder el empleo, se exigirá un mínimo de cotización, que será de 3 meses (90 días) para poder acceder al subsidio. En este sentido, si lo comparamos con el subsidio por insuficiencia de cotización, que a fin de cuentas es al que sustituye, se mejora el acceso a los desempleados que no tienen cargas familiares, ya que antes se les exigía 180 días cotizados y solo podían acceder con 90 días de cotización quienes tuvieran cargas familiares.
¿Cuánto duran los subsidios?
Por último, es importante mencionar que la duración del subsidio dependerá de la situación personal de cada desempleado, por lo que la duración puede estar entre los 3 meses de prestación y un máximo de 30 meses.