Para cobrar el paro, hay que presentar unos documentos en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Entre ellos puede estar la necesidad de presentar la papeleta de conciliación en el SEPE.
Antes que nada, hay que indicar que no es necesario, pero como vamos a explicar en este artículo, dependerá del tipo de despido, es posible que si lo pida.
La prestación por desempleo del SEPE está destinada a los trabajadores que pierden el trabajo de forma involuntaria. Principal razón por la que las bajas voluntarias no tienen derecho a paro. Para que el SEPE sepa que la baja del trabajador ha sido de forma involuntaria, la empresa lo indica en el certificado de empresa.
Al SEPE, realmente, no le interesa que tipo de despido te ha realizado la empresa, si objetivo o disciplinario, o si este es procedente, improcedente o nulo. Lo única información que necesita saber es tus bases de cotización de los últimos 180 días para calcular tu base reguladora, y si la baja es voluntaria o involuntaria.
¿Tengo que reclamar contra el despido para cobrar la prestación por desempleo?
Para cobrar o el subsidio no es necesario ni ir al smac ni tampoco presentar una demanda en el juzgado en contra de tu despido. Así lo indica el SEPE en su web. No obstante, aunque los despidos exprés ya no son legales, hay empresas que aún lo siguen haciendo.
Un despido exprés es cuando la empresa te reconoce en la misma carta que el despido es improcedente. Esto se hacía principalmente para ahorrarse los costes de ir a juicio.
La vigilancia en los despidos pactados
La razón por la que te habrán dicho que es necesario ir al smac para cobrar el paro o reclamar tu despido es por culpa de los despidos pactados, que son despidos disciplinarios falsos pactados entre el trabajador y la empresa con el objetivo de que este último pueda cobrar prestaciones.
Para la empresa no supone nada hacerle este favor, ya que el despido disciplinario no tiene indemnización y en lo que se refiere el coste, es lo mismo que si el trabajador solicitara la baja voluntaria. Pero para el trabajador significa tener o no tener derecho a cobrar el paro. Por eso, si la relación laboral nunca hubo problemas, a la empresa «no le importaría» echar un cable a su trabajador para que pueda cobrar el paro con un despido de mutuo acuerdo.
Esta es la razón por la que es posible que el SEPE, aunque raramente lo hace, puede llegar a solicitar la copia de haber reclamada el despido. Eso sí, si el SEPE sospecha que se ha llegado a un despido pactad, se lo comunicara a la Inspección de Trabajo para que investigue.
Consecuencias de pactar un despido
Lo primero, es que el trabajador deberá devolver la prestación por desempleo, ya que esta será reconocida como cobro indebido. Además, habrá recargo en la cuantía.
En segundo lugar, habrá sanciones económicas que dependerán de la cuantía defraudada. Así como sanciones para la empresa perdiendo el derecho a futuras subvenciones o ayudas durante un periodo de entre tres a seis años. Lo mismo sucedería con el trabajador que puede verse excluido del derecho a cobrar cualquier futura prestación.


