En un nuevo caso de uso indebido de contratos de becarios, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena a una empresa por mantener a una becaria en su plantilla a pesar de que esta ya había terminado su máster.
La sentencia 2407/2024 del TSXG que ha generado gran repercusión, es un claro recordatorio de que las empresas no pueden usar los contratos de formación y los contratos de prácticas para cubrir puestos que deberían ser ocupados por trabajadores con contratos ordinarios.
Los estudiantes y recién graduados deben estar atentos a sus derechos y denunciar cualquier irregularidad para evitar situaciones de explotación laboral que algunas empresas emplean en beneficio propio para ahorrarse los costes que suponen la contratación, cumplen la legislación laboral.
Ya había terminado sus estudios y además realizaba sus tareas con total autonomía
La protagonista de esta historia es una mujer que fue contratada como becaria en noviembre de 2021 para realizar prácticas vinculadas a su máster de Dirección de Recursos Humanos. A cambio de su trabajo en el departamento de nóminas, recibía una remuneración de 500 euros al mes. Sin embargo, una inspección de trabajo realizada en marzo de 2022 reveló que la becaria había finalizado su máster en julio de 2021, lo que significaba que ya no era elegible para un contrato de prácticas.
La decisión de la Tesorería de la Seguridad Social
La Inspección de Trabajo determinó que la empresa había incurrido en un fraude al contratar a la becaria bajo estas condiciones. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) actuó rápidamente, declarando su contrato en Fraude de Ley y exigiendo a la empresa a que la diera de alta como trabajadora en Régimen General de la Seguridad Social con contrato indefinido y a tiempo completo. Además, se impuso a la empresa el pago de casi 3.000 euros en cuotas no abonadas.
El recurso de la empresa y la sentencia del TSXG
La empresa, no conforme con esta decisión, recurrió ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Vigo, que desestimó su recurso. Posteriormente, el caso llegó al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, donde nuevamente se ratificó la resolución de la TGSS.
El TSXG subrayó que, según la normativa vigente, las prácticas deben estar directamente vinculadas al curso de estudios en cuestión y que el estudiante debe contar con un plan formativo y la supervisión de un tutor. En este caso, la becaria no solo había completado su máster, sino que también desempeñaba sus tareas con total autonomía, sin un plan de formación adecuado ni supervisión, como si fuera una trabajadora más de la empresa. Por lo tanto, la empresa estaba cubriendo de forma ilegal un puesto de trabajo con un contrato en prácticas, en lugar de cubrir con un contrato indefinido.
Además de abonar las cuotas que debería haber abonado a la Seguridad Social si la hubieran contratado con un contrato de trabajo legal, la empresa también se enfrenta a una sanción por infracción grave (artículo 7 de la ley LISOS) que puede llevar multas de entre 1.000 y 10.000 euros.