Los ingresos de la pareja de hecho no van a contar para otorgar el subsidio por desempleo en el que se aplican los requisitos referidos a los ingresos de la unidad familiar.
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que aclara que los ingresos de uno los miembros de la unidad familiar que conformen una pareja de hecho no deben tomarse en cuenta para decretar una resolución sobre el subsidio de desempleo pedido por el otro miembro de la misma pareja.
El Tribunal Superior ha concretado que para el cálculo de la renta de la unidad familiar “no tiene que tomarse en consideración los ingresos de la pareja de heho de la demandante del subsidio de desempleo” y declara “incorrecta” la práctica aplicada hasta el momento por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).