Las personas desempleadas que cobran una prestación por desempleo, ya sea el paro o un subsidio por desempleo, adquieren ciertas obligaciones, las cuales vienen indicadas tanto en el formulario de solicitud como en la propia web de SEPE.
Entre ellas, sin duda, es el compromiso de suscribir y cumplir las exigencias del compromiso de actividad, por el cual el desempleado se compromete que estará en búsqueda activa de empleo mientras cobra la prestación.
De modo que si el Servicio Público de Empleo encuentra una oferta de empleo que considera adecuada al perfil del demandante de empleo, este no puede rechazarla. Para ser exacto, el SEPE únicamente informa del puesto vacante, obliga a inscribirse en el proceso de selección, para confirmar que se ha acudido a la entrevista de trabajo, la administración obliga a presentar un justificante. Igualmente, el SEPE puede obligar asistir a curso de formación para mejorar la empleabilidad de la persona en paro.
No obstante, el SEPE sí permite rechazar una colocación adecuada que sea por un motivo justificado. Por ejemplo, que en ese momento estemos enfermos o incluso ya tengamos una entrevista de trabajo para ese día. Sin embargo, quienes tengan hijos a cargo y por consiguiente esta situación les dificulta cumplir con estas condiciones, se preguntan si sería una causa que justificara rechazar la llamada del SEPE.
El SEPE te puede quitar la prestación si rechazas un trabajo, aunque tengas hijos a cargo
Los desempleados que cobren una prestación del SEPE, aunque tengan hijos a cargo, sin causa que lo justifique, serán sancionas por rechazar una oferta de empleo o un curso de formación que les ofrezca el SEPE. Así lo indican en la propia web de la administración pública: ‘estar estudiando o tener hijos o hijas menores no son causas que justifiquen el rechazo de ofertas de empleo o cursos de formación‘.
Una oferta de empleo adecuada es aquella que se ajusta a la profesión que busca la persona inscrita como demandante de empleo, es decir, las ocupaciones, así como la formación, habilidades profesionales, experiencia previa que el trabajador tiene.
Además de esto, la oferta de empleo debe reunir unas condiciones laborales, por ejemplo, que sea bajo un contrato indefinido y con un salario que nunca sea inferior al salario mínimo interprofesional.
Sanciones por rechazar una oferta de trabajo del SEPE
Quienes rechacen una oferta de trabajo o un curso de formación que el SEPE considere adecuado y sin causa justificada, estarán cometiendo una infracción leve que el SEPE sanciona de la siguiente forma:
- 1ª. Infracción. Pérdida de 1 mes de prestaciones.
- 2ª. Infracción. Pérdida de 3 meses de prestaciones.
- 3ª. Infracción. Pérdida de 6 meses de prestaciones.
- 4ª. Infracción. Extinción de prestaciones.
Es decir, si es la primera vez que se comete esta infracción, el SEPE sanciona suspendiendo la prestación por un mes, pero si la infracción se repite, la sanción aumenta hasta que puede llegar a retirar la prestación de forma definitiva.
Aunque para que se apliquen estas escalas, no puede pasar más de 365 días entre una infracción leve y la anterior.