viernes 29 marzo 2024

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El SEPE informa de las ayudas que puedes solicitar tras agotar el paro

Estas son las prestaciones y ayudas que pueden solicitar los parados cuando agotan el paro.

El SEPE continúa con su campaña informativa dirigida a los desempleados.

En esta ocasión  el Servicio Público de Empleo Estatal ha informado sobre las prestaciones y ayudas que se pueden solicitar tras agotar el paro.

La prestación por desempleo o paro, es una prestación contributiva que tiene unos requisitos de acceso. Entre ellos destaca un mínimo de cotización. Este requisito es el que impide a muchos trabajadores poder solicitarla tras perder su puesto de trabajo.

La duración del paro varía según la cotización. El SEPE ya comunicó cuanto dura el paro en función de la cotización.

Por ejemplo, un trabajador que ha cotizado 360 días tiene derecho a 4 meses de prestación. ¿Qué pasa una vez pasado ese periodo?.

Lógicamente, la prestación se termina, sin embargo, el SEPE dispone de una serie de ayudas y prestaciones para estas situaciones.

Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED)

Este subsidio está destinado a los desempleados que han agotado la prestación del SEPE. La cuantía a cobrar es de 451,92 euros.

Los requisitos que se deben cumplir para poder cobrarla son los siguientes.

  • Haber extinguido la prestación por desempleo.
  • Ser persona parada de larga duración que haya agotado prestaciones por desempleo, PREPARA o RAI y estar inscrita como demandante de empleo. Se considera persona parada de larga duración aquella que haya permanecido inscrita como demandante de empleo durante al menos 360 días en los dieciocho meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud del subsidio extraordinario.

En cuanto a la duración, como todos los subsidios salvo casos especiales, se cobra durante un máximo de 6 meses. Este subsidio no se puede prorrogar y además solo se puede solicitar una vez.

Cómo solicitarlo

Subsidio destinado a mayores de 45 años.

Como su nombre indica, esta prestación de 451,92 euros está destinada para aquellos desempleados que tienen una edad comprendida entre los 45 y 51 años.

El requisito principal para poder cobrarlo es haber agotado la prestación por desempleo.  Además, no se pueden tener ingresos superiores al 75% del SMI.

La cuantía a cobrar es de 451,92 euros.

Cómo solicitarlo

Subsidio destinado a mayores de 52 ños.

Este subsidio es parecido al anterior, pero está destinado a los desempleados que tienen 52 años o más. A diferencia del resto de subsidio este si cotiza a la Seguridad Social.

Además se cobrará hasta cumplir la edad legal de jubilación. La cuantía a cobrar es de 451,92 euros.

Cómo solicitarlo

Renta Activa de Inserción (RAI).

Esta prestación está destinada para desempleados que está en una situación de necesidad económica y que tienen no logran reincorporarse al mundo laboral.

Está destinada a parados de larga duración mayores de cuarenta y cinco años, emigrantes retornados mayores de cuarenta y cinco, víctimas de violencia sexista o bien personas con discapacidad igual o superior al 33%.

Para solicitarse se debe ser menor de 65 años, estar desempleado e inscrito como demandante de empleo.

Además, será necesario que no tener rentan superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.

Por último, este subsidio se cobra durante un máximo de 11 meses. La cuantía a cobrar es de 451,92 euros.

Cómo solicitarlo

 

 

 

 

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