El SEPE confirma que ya no te afecta la jornada parcial si solicitas un subsidio y podrás cobrar el 100%

Tras la reforma se eliminó la parcialidad de los subsidios por desempleo que perjudicaban a los trabajadores a tiempo parcial

Cuando un trabajador pierde su empleo, tiene derecho a solicitar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) la prestación por desempleo, ya sea el paro si cumple los requisitos exigidos o bien el subsidio por insuficiencia de cotización. Es más, incluso, si tras pedir el paro no encuentra trabajo, puede solicitar el subsidio por agotamiento de prestación contributiva.

Una de las sorpresas que se llevaban los trabajadores que tras cobrar el paro solicitaban el subsidio era que el SEPE no les ingresaba la cuantía total que, según la normativa establece. Es importante recordar que la cuantía de los subsidios no depende de las bases de cotización como en el paro, sino que todos los beneficiarios cobran las mismas cuantías.

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Esto era lo que se conocía como la parcialidad de los subsidios, pero es algo de lo que ya no hay que preocuparse, pues con la reforma de los subsidios puesta en marcha a través del Real Decreto-ley 2/2024 se eliminó.

Se cobra el 100% del subsidio aunque la jornada fuera a tiempo parcial

Desde el 1 de noviembre de 2024 se eliminó la reducción proporcional que se aplicaba a quienes trabajan a tiempo parcial. La modificación quedó recogida en el artículo 278 de la Ley General de la Seguridad Social, eliminando la vinculación entre la cuantía del subsidio y las horas trabajadas en el último trabajo antes de estar en situación legal de desempleo.

De modo que si estás cobrando el paro y lo agotas, ya no hay que preocuparse a la hora de solicitar el subsidio de que la cuantía que se vaya a recibir será menor. Eso sí, es importante recordar que ya no se cobran los 480 euros (salvo que solicites el subsidio para mayores de 52 años).

Cuáles son las nuevas cuantías, el subsidio

La reforma también trajo cambios en las cuantías de los subsidios, quedando de la siguiente forma:

  • Durante los primeros seis meses se cobra el equivalente al 95% del IPREM, lo que equivale a 570 euros.
  • Los siguientes seis meses, la cuantía se reduce al 90% del IPREM, es decir, 540 euros.
  • A partir del año de cobro, la cuantía bajará hasta el 80% del IPREM, 480 euros. Esta será la cuantía a cobrar hasta finalizar el subsidio en los casos en que se conceda un subsidio superior a los 12 meses.

El antes y el después

Pongamos un ejemplo claro para que todo esto se pueda entender. Un trabajador ha estado cobrando el paro hasta este mes de noviembre y solicita el subsidio por desempleo. Su último contrato fue a tiempo parcial con una jornada del 75%.

Si aún estuviera la normativa anterior, este trabajador cobraría del subsidio solo el 75% de la cuantía. Si la cuantía es de 480 euros, pues cobraría 360 euros. Sin embargo, con la nueva normativa esto se eliminó y como si hubiera trabajado con una jornada de solo un par de horas a la semana, cobrará el 100% del subsidio.

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