Cuando llega la declaración de la Renta todo contribuyente se hace la misma pregunta si estará o no obligado a hacerla y cuál es el límite de rendimientos. Es importante saber que en lo que se refiere a rendimientos del trabajo existen dos límites, cuando solo existe un pagador y cuando hay dos pagadores. En este último la duda es si el cobro del paro o el subsidio cuenta, es decir, si el SEPE cuenta como segundo pagador.
La respuesta es que sí, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cuenta como un pagador más y si durante el año que vas a declarar trabajaste y cobraste el paro o el subsidio, tendrías dos pagadores.
Solo contaría como segundo pagador si lo cobrado supera los 1.500 euros
Para ojos de Hacienda el SEPE es otro pagador más, pero para que te pueda afectar el cobro de la prestación de cara al límite de rentas, es necesario que hayas cobrado más de 1.500 euros.
Si es así, para esta campaña de la renta 2025, el límite pasa de los 22.000 euros anuales para un solo pagador a 15.876 euros anuales. Vamos a ver un ejemplo simple, sin tener en cuenta otros rendimientos que puedan afectar a hacer la declaración.
Ejemplo de cuando si estarías obligado a hacer la declaración
Imagina que un trabajador que trabajado 7 meses en la empresa es despedido o se le termina el contrato temporal. Durante esos meses cobro un total de 12.000 euros. Solicito la prestación por desempleo y cobraba mensualmente 1.000 de paro, por lo que en ese año cobro 12.000 euros de sueldo y 5.000 euros de paro, en total tuvo unas rentas de 17.000 euros.
Como del SEPE recibió más de 1.500 euros, ya cuenta como segundo pagador, por lo que su límite baja hasta los 15.876 euros. Su rendimiento es superior a ese límite por lo que si estaría obligado a presentarla.
Ejemplo de cuando no estarías obligado a presentar la declaración por cobrar el paro
Ahora el caso contrario, el trabajador trabajo durante 11 meses y termino su relación laboral. Por el trabajo cobró 19.000 euros y luego solicito el paro del SEPE y cobro en diciembre los 1.000 euros que le correspondía.
Sus rentas totales fueron de 20.000 euros, pero no ha tenido dos pagadores, porque el segundo pagador, del SEPE solo cobro 1.000 euros. Por tanto, su límite está en 22.000 euros.
¿Tener dos pagadores implica pagar a en la declaración?
El mito extendido es que una persona que ha tenido más de un pagador termina pagando en la declaración de la Renta. Lo cierto que es posible, pero no por el hecho de que haya tenido más de un pagador.
El problema es que cada pagador realiza la retención en función de lo que te va a pagar. Por ejemplo si en tu empresa ganas al año 18.000 euros, la empresa te aplicará la retención en función de esa cantidad y tu situación personal. Mientras que el otro pagador, lo hará exactamente igual, por lo que te va a pagar. Por eso ten a mano el certificado de IRPF de la empresa.
El problema está en que si sumas todas esas rentas, posiblemente entren en otro tramo de retención y es ahí donde está el ‘problema’ que en realidad has pagado menos IRPF del que deberías haber pagado durante todo el año y ahora Hacienda te dice que tienes que pagarlo. Esto es algo habitual en trabajadores que trabajan en dos empresas a la vez durante el año.
En el caso de la prestación por desempleo el SEPE o retiene muy poco o no retiene nada y puede ser que esa cantidad cobrada del paro junto con los rendimientos del trabajo te haga entrar en otro tramo de retenciones. Por eso es importante que tengas a mano el certificado de IRPF del SEPE para comprobar este dato.

