El Gobierno cambia la ayuda para cuidar a hijos con enfermedades graves: más meses de prestación y una nueva inspección médica

La Seguridad Social amplía los plazos de la prestación CUME, incorpora nuevas enfermedades y permitirá acreditar los cuidados sin necesidad de un ingreso hospitalario prolongado. La reforma afecta a una ayuda con 19.753 procesos en vigor.

El Gobierno ha aprobado una reforma de la prestación que permite a los trabajadores reducir su jornada laboral para cuidar a hijos con cáncer u otras enfermedades graves sin perder los ingresos correspondientes a las horas que dejan de trabajar. El nuevo reglamento, aprobado este martes 3 de noviembre por el Consejo de Ministros, amplía los plazos para renovar la ayuda, incorpora nuevas enfermedades y facilita su acceso a familias cuyos hijos necesitan cuidados constantes sin estar ingresados en un hospital. Sin embargo, también introduce una nueva inspección médica cada dos años que ha provocado las críticas de las familias afectadas.

La medida afecta a la prestación conocida como CUME, que actualmente cuenta con 19.753 procesos en vigor en España, según los datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Esta ayuda permite reducir la jornada laboral al menos un 50% para atender a un hijo con una enfermedad grave, mientras la Seguridad Social compensa la pérdida de ingresos. Se trata de una protección especialmente necesaria para familias que deben compaginar su empleo con tratamientos médicos prolongados y cuidados diarios.

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Esta reforma llega apenas dos semanas después de que el Gobierno aprobara la ampliación de la prestación para que ambos progenitores puedan cobrarla al mismo tiempo en determinados casos y mantenerla más allá de los 26 años cuando exista una discapacidad igual o superior al 65% o una dependencia de grado III. Ahora, el Gobierno modifica los plazos de renovación y las condiciones médicas de acceso, después de que el primer borrador recibiera más de 1.200 alegaciones y provocara las quejas de las familias afectadas.

La prestación CUME se amplía a seis meses y sus prórrogas serán de ocho

Uno de los principales cambios afecta al tiempo durante el que se reconoce la prestación. Hasta ahora, los beneficiarios tenían que renovar la ayuda con bastante frecuencia, aportando nuevos informes médicos para demostrar que sus hijos seguían necesitando cuidados. Un procedimiento que obligaba a muchas familias a repetir trámites mientras afrontaban enfermedades que podían prolongarse durante años.

Con la nueva regulación, el reconocimiento inicial de la prestación pasa a seis meses y las siguientes prórrogas serán de ocho meses, frente a los periodos de dos y cuatro meses que recoge como referencia el Ministerio. La ampliación permitirá espaciar las renovaciones y reducir la documentación que deben presentar los padres para mantener la ayuda.

La Seguridad Social ha explicado en su comunicado oficial sobre la reforma de la prestación CUME que los cambios buscan adaptar los plazos a enfermedades que requieren tratamientos largos y complejos. Actualmente, los procesos reconocidos tienen una duración media de 664,2 días, casi dos años durante los que las familias necesitan mantener los cuidados y la protección económica.

Sin embargo, junto a esta ampliación aparece una de las medidas más discutidas del nuevo reglamento y cuando hayan transcurrido 24 meses desde el reconocimiento inicial de la prestación, será necesario un informe vinculante de la inspección del servicio público de salud. Esta revisión se repetirá cada dos años y deberá acreditar que continúa existiendo la enfermedad grave y la necesidad de cuidados directos, continuos y permanentes.

La Asociación de Familias de Menores con Cáncer u otras Enfermedades Graves (Asfacume) ha criticado este nuevo control porque considera que añade otra revisión sobre situaciones que ya han sido acreditadas por los médicos. Su vicepresidenta, Ainhoa Urones, ha lamentado que se vuelva a poner el foco sobre las familias y ha reclamado que se establezcan límites más claros a las actuaciones de las mutuas, responsables de gestionar buena parte de estas prestaciones.

Más enfermedades reconocidas y menos obstáculos para acceder a la ayuda

La reforma también modifica las condiciones médicas que permiten acceder a la CUME. Hasta ahora, uno de los principales problemas estaba relacionado con la exigencia de hospitalización, ya que algunas familias encontraban dificultades para conseguir la prestación cuando sus hijos necesitaban atención constante, pero recibían tratamiento fuera del hospital.

El nuevo reglamento amplía las situaciones que pueden equipararse a un ingreso hospitalario y permite reconocer la ayuda cuando existen tratamientos de gran complejidad que requieren cuidados continuos. Además, los informes médicos podrán ser emitidos tanto por facultativos de Atención Primaria como por especialistas del servicio público de salud, evitando que las familias dependan exclusivamente de una consulta especializada para acreditar la enfermedad.

Entre las nuevas enfermedades incorporadas al listado aparecen el trastorno del espectro autista y el síndrome del neurodesarrollo Poirier-Bienvenu. En estos casos, el acceso a la prestación seguirá dependiendo de que los médicos acrediten la necesidad de cuidados directos, continuos y permanentes. El Ministerio también ha previsto un procedimiento para actualizar el listado de enfermedades conforme avance el conocimiento médico.

Otro cambio afecta a la vida escolar de los menores. La regulación aclara que la asistencia al colegio y la realización de prácticas formativas serán compatibles con el cobro de la prestación, siempre que el hijo continúe necesitando los cuidados que justificaron su reconocimiento. Esta aclaración responde a situaciones en las que los menores pueden acudir algunas horas a clase, aunque siguen necesitando una atención intensa durante el resto del día.

La ayuda podrá mantenerse más allá de los 26 años y adaptarse a las familias separadas

El reglamento desarrolla también las mejoras aprobadas por el Gobierno en octubre para ampliar la protección de los hijos con enfermedades graves que alcanzan la edad adulta. La prestación podrá mantenerse excepcionalmente más allá de los 26 años cuando exista una discapacidad igual o superior al 65% o una dependencia de grado III, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos establecidos.

Esta ampliación ya aparece recogida en el Real Decreto-ley 31/2026, publicado en el Boletín Oficial del Estado, que también permite que ambos progenitores puedan beneficiarse de la prestación de forma alternativa o simultánea en los supuestos previstos legalmente.

La nueva regulación adapta además el cobro de la ayuda a diferentes situaciones familiares. Cuando en un mismo hogar existan varias personas con enfermedades graves que necesiten cuidados permanentes, podrá reconocerse el subsidio a ambos progenitores. También se permitirá alternar su percepción por periodos de al menos quince días cuando exista un acuerdo entre los padres y sus respectivas empresas.

En las familias separadas o divorciadas con custodia compartida, la prestación podrá alternarse siguiendo los periodos de convivencia establecidos para cada progenitor, aunque estos sean inferiores a quince días. De esta forma, los cuidados podrán repartirse de acuerdo con la organización familiar.

La reducción de jornada necesaria para acceder a esta protección sigue siendo de al menos el 50%. La intensidad de los cuidados puede exigir reducciones superiores, como ocurrió con una guardia civil que consiguió reducir su jornada un 99% para cuidar a su hijo enfermo después de acudir a los tribunales. Aquel caso se resolvió bajo la normativa específica de los empleados públicos, pero mostró las dificultades que pueden encontrar los padres cuando las necesidades de atención de sus hijos son especialmente intensas.

Con esta reforma, el Gobierno busca que las familias tengan que realizar menos trámites y encuentren menos obstáculos para mantener la prestación. Las asociaciones reconocen mejoras respecto al borrador inicial, aunque siguen preocupadas por la nueva inspección médica y las posibles diferencias de criterio entre las mutuas. La aplicación de esos controles será uno de los aspectos que más de cerca seguirán las familias que dependen de esta ayuda para poder cuidar de sus hijos sin abandonar su empleo.

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