La excedencia voluntaria es un derecho reconocido en el artículo 46.2 del Estatuto de los Trabajadores (ET), que permite al trabajador suspender su relación laboral con la empresa durante un periodo de cuatro meses (mínimo) o 5 años (máximo). Para poder solicitarlo es necesario cumplir una serie de requisitos, pero más importante aún es conocer dos aspectos claves si estás pensando solicitar este tipo de excedencia.
No hay reserva del puesto de trabajo
Lo primero que debes saber es que para este tipo de excedencia no hay reserva del puesto de trabajo. Esto significa, que la empresa no te va a guardar tu puesto de trabajo y que una vez solicites la reincorporación, la empresa no está obligada a reincorporarte en el mismo puesto que ocupabas antes. Es más ni siquiera a garantizarte el reingreso inmediato una vez finalice tu excedencia.
En su lugar, el trabajador conserva un derecho preferente al reingreso en vacantes de igual o similar categoría profesional a la suya, si las hubiera en el momento de solicitar su reincorporación. Sobre esto, es importante mencionar una reciente sentencia del Tribunal Supremo, que establece que las empresas deben reincorporar a los trabajadores en excedencia antes que hacer fijos a los temporales.
Si al solicitar el reingreso no existe ninguna vacante, la empresa puede denegar el reingreso justificadamente, manteniéndose el trabajador en una situación de espera hasta que haya una plaza vacante.
Plazo para solicitar el reingreso
El Estatuto de los Trabajadores no establece expresamente un plazo para solicitar el reingreso, pero lógicamente se debe solicitar antes de que se cumpla el periodo solicitado de excedencia. Es importante que en la solicitud inicial de la excedencia indicar con precisión la fecha de inicio y la fecha de finalización, para evitar interpretaciones ambiguas.
Asimismo, el trabajador debe solicitar el reingreso por escrito, con antelación razonable, a fin de que la empresa tenga tiempo de gestionar la reincorporación o de informar sobre la inexistencia de vacantes.
¿Por qué es importante el plazo para solicitar el reingreso?
Pues porque si el trabajador no solicita su reingreso al finalizar la excedencia o bien lo hace tarde, la empresa puede considerar que ha renunciado tácitamente a su derecho a la reincorporación, lo que se equipara a una baja voluntaria. De modo que el trabajador pierde su relación laboral con la empresa y no puede reclamar el reingreso posteriormente. Otra consecuencia, al considerarse una baja voluntaria, es que el trabajador no tendría derecho a indemnización ni tampoco a cobrar prestaciones por desempleo, al no tratarse de un despido ni de una situación legal de desempleo.

