Despedido sin indemnización tras 12 años como formador: se iba de bares en horario laboral en lugar de dar cursos

La Justicia avala el despido tras comprobar que el trabajador no cumplĆ­a su jornada, consumĆ­a alcohol y falseaba su actividad

Doce aƱos en la empresa y con total libertad para organizar su jornada laboral, asƭ era el trabajo de este formador que desarrollaba prƔcticamente toda su jornada fuera de la empresa, ya que su cometido era impartir cursos.

Sin embargo, la empresa descubrió que pasaba la mayor parte de su jornada en bares e incluso los cursos que debía impartir los recortaba o comunicaba actividades que en realidad nunca realizaba.

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La historia terminó con un despido disciplinario sin derecho a indemnización a pesar de su larga trayectoria en la empresa. A pesar de que impugnó su despido, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León lo ha avalado y lo declara procedente al considerar que incumplió gravemente sus obligaciones laborales.

Un puesto de confianza con total autonomĆ­a

El trabajador ocupaba un puesto de responsable de formación, con funciones que iban mÔs allÔ de impartir cursos. También debía captar clientes y gestionar su actividad comercial.

Su jornada, de lunes a viernes, contaba con flexibilidad horaria, ya que gran parte de su trabajo se desarrollaba fuera del centro de trabajo. Esto implicaba que la empresa dependĆ­a en gran medida de su responsabilidad y buena fe.

La empresa sospecha y recurre a detectives

Las primeras alarmas saltaron cuando otros trabajadores detectaron que no respondía correos y no quedaba claro qué tareas estaba realizando. Ante estas dudas, la empresa decidió contratar un servicio de detectives privados.

El seguimiento, realizado en varios dĆ­as de marzo y abril, reveló un patrón repetido y es queĀ  el trabajador dedicaba buena parte de su jornada a hacer un ‘tour’ de bares.

Horas en bares y consumo de alcohol en horario laboral

Los informes de los detectives reflejan que el trabajador:

  • Pasaba horas en distintos bares durante su jornada
  • ConsumĆ­a vino y cerveza en horario de trabajo
  • Se desplazaba entre locales utilizando el vehĆ­culo de empresa

En algunos dĆ­as, tras acudir brevemente a una empresa o al centro de trabajo, se dirigĆ­a a varios establecimientos hosteleros donde permanecĆ­a durante horas.

Uno de los aspectos mƔs destacables del caso es que el trabajador sƭ llegaba a impartir algunos cursos, pero no cumplƭa con el resto de su jornada. Pero no solo eso, tambiƩn informaba de visitas comerciales que no existƭan o directamente no reportaba actividad alguna.

Todo esto fue ‘permitido’ por la falta de control dado la confianza depositada en el trabajador y que unido a su autonomĆ­a, le permitió ocultar durante un tiempo su comportamiento, hasta que fue verificado por los detectives.

Fue entonces cuando la empresa le entregó la carta de despido disciplinario acusÔndole de incumplimiento de la jornada laboral, consumo de alcohol en horario de trabajo, uso indebido del tiempo y del coche de empresa y de falsear o no informar de su actividad.

El trabajador alegaba que sĆ­ cumplĆ­a con su trabajo

El trabajador decidió acudir a los tribunales para que su despido se declararÔ improcedente, ya que así la empresa tendría o bien readmitirlo o pagarle una indemnización.  AdemÔs del despido también reclamaba dinero pendiente que le debía la empresa e incluso que tenía mÔs antigüedad en la empresa.

Su principal defensa fue que sĆ­ cumplĆ­a con su trabajo, especialmente la de impartir los cursos programados y que tenĆ­a flexibilidad horaria, por lo que le permitĆ­a organizarse su jornada de trabajo, por lo que no tenĆ­a que estar siempre en la empresa, ya que parte del trabajo era externo.

TambiƩn intento restar importancia a los hechos, como el consumo de alcohol, que no era algo recurrente, asƭ como justificar sus desplazamientos utilizando el coche de empresa.

La Justicia lo tiene claro, su despido estĆ” justificado

Tango el Juzgado de lo Social como luego el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en su sentencia de diciembre de 2025 (STSJ CL 5372/2025) confirmaron su despido.

El tribunal considera que aunque impartiera formación, su jornada era de 8 horas, y el resto del tiempo lo dedicó a actividades personales, es decir trabajar una parte no justifica incumplir el resto de la jornada.

En cuanto a la flexibilidad señalo que esta no le permite incumplir su jornada ni usar ese tiempo para actividades personales. Sobre el consumo de alcohol, el tribunal dejó claro que su comportamiento fue repetido en varios días en los que visitaba bares, consumía alcohol durante su jornada de trabajo, no hacia su trabajo e informaba mal a la empresa haciéndola creer que estaba trabajando. Por tanto, no es algo puntual, sino una conducta continuada.

En lo referente a aumentar su antigüedad para así conseguir una mejor indemnización, el tribunal lo rechazó porque parte de ese tiempo fue como trabajador autónomo y no puedo acreditar que existiera una relación laboral.

Para el tribunal, el elemento determinante es la ruptura de la buena fe contractual. En un puesto con autonomĆ­a, la confianza es esencial.

El hecho de incumplir la jornada, consumir alcohol y falsear la actividad supone una quiebra grave de esa confianza, suficiente para justificar el despido. Por tanto, confirma su salida de la empresa sin derecho a indemnización.

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